24/10/23

EL GOBIERNO DE SAN JUAN HA OTORGADO CONCESIONES MINERAS EN TERRITORIO MENDOCINO

por Federico Soria

A través del visualizador web denominado Sistema de Información Geológico Ambiental Minera (SIGAM), del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), se pudo constatar que en una zona de Uspallata limítrofe con San Juan, existen concesiones mineras otorgadas por esa provincia dentro de territorio mendocino.

Además de ello, se pudo constatar que junto a estas concesiones hay otras otorgadas por el Gobierno de Mendoza y son del mismo titular privado que las anteriores. La totalidad de estas concesiones mineras se ubican en ambiente glaciar y periglaciar, en las cabeceras de cuenca del Arroyo San Alberto, donde se localizan las fuentes de agua de Uspallata. Estas áreas de exploración minera metalífera están en su totalidad dentro del territorio comprendido por el proyecto de ley de creación del Área Natural Protegida Uspallata-Polvaredas, el proyecto del Parque Nacional Uspallata y la Reserva Natural de la Defensa Estancia Uspallata.


Localización de las fuentes de agua principales de Uspallata, con sus glaciares y lagunas altoandinas, donde nace el Arroyo San Alberto. Toda esta zona que debiera estar protegida, es parte de concesiones mineras otorgadas por San Juan en territorio mendocino y por Mendoza al lado.


En el mapa precedente se pueden apreciar (en general a la izquierda y en detalle a la derecha) las concesiones mineras otorgadas por el Gobierno de San Juan en territorio mendocino, así como las concesiones mineras otorgadas por el Gobierno de Mendoza en ambiente glaciar y periglaciar. En el caso de las concesiones sanjuaninas, incluso se puede observar que alguno de los polígonos tienen más superficie dentro de Mendoza que de San Juan.


NO ES UN ERROR MENOR: LA DIFERENCIA ES DE 3 KILÓMETROS Y MEDIO...

Esta novedad no es para dejar pasar: No se trata de un error de cálculo que podría ocurrir por diferencias en los sistemas de información geográfica empleados o la calibración en terreno del uso de GPS, que suelen tener leves distorsiones de unos pocos metros en el terreno. Sino que estamos hablando de que las concesiones mineras sanjuaninas ingresan hasta 3,5 kilómetros en territorio mendocino y ocupan una superficie de aproximadamente 10.000 hectáreas. Además, esta superficie está totalmente comprendida dentro de cabeceras de cuenca y ambiente glaciar y periglaciar, donde de acuerdo a la Ley Nacional 26.639, está prohibida la actividad minera. Por este solo motivo, tales concesiones mineras ni siquiera deberían haber sido otorgadas, según el principio de subordinación legal establecido en el Art 244 del Código Minero.

A esto se suma una superficie de 15.000 hectáreas de concesiones mineras aledañas en la misma zona, otorgadas por el Gobierno de Mendoza, también en ambiente glaciar y periglaciar. El antedicho precepto legal se alude para fundamentar que las mismas tampoco deberían haber sido otorgadas.

El total de esta superficie, o sea 25.000 hectáreas, se localiza a gran altitud, en el faldeo oriental del Cordón del Tigre, en las nacientes de los arroyos San Alberto y Picheuta, donde hay una gran cantidad de glaciares relevados por el IANIGLA y volcados en el mapa del Inventario Nacional de Glaciares correspondiente a la zona del Cordón del Tigre, el cual puede ser visualizado y bajado de la web.

Informe: https://www.glaciaresargentinos.gob.ar/wp-content/uploads/provincias/Mendoza/docs/informes/informe_final_tigre_24-04-2018.pdf

Mapa: https://www.glaciaresargentinos.gob.ar/wp-content/uploads/provincias/Mendoza/docs/mapas/mapa_final_tigre_04-05-2018.pdf

Concretamente, la localización de este sector corresponde a los cerros Tambillos, Barauca, Grande, Dientitos, Picheuta, Tigre Sur y Nevado. En todos los casos, se trata de cumbres que superan los 5.000 metros de altitud y contienen glaciares en sus laderas, especialmente los dos primeros, donde se localizan las fuentes de agua que irrigan y abastecen a toda el área rural y urbana de Uspallata, pero además aguas abajo también abastecen a todo el Oasis Norte de Mendoza, donde habitan más de 1 millón de habitantes.

La superficie que ocupan todas estas concesiones mineras equivalen aproximadamente a un tercio de lo que el Ejército Argentino y la Administración de Parques Nacionales han acordado para crear el primer parque nacional de Mendoza. Desde ya, el Gobierno de Mendoza es el primer apuntado, puesto que se ha retirado del acuerdo político que tenían de palabra con el Gobierno Nacional para llevar adelante la creación del primer Parque Nacional en Mendoza. https://www.losandes.com.ar/sociedad/con-diferencias-avanza-el-proyecto-para-crear-el-primer-parque-nacional-de-mendoza-en-uspallata/

Según el documento titulado Plan Ambiental 2022, de acuerdo a lo establecido por la actual gestión de gobierno provincial, esa zona estaría destinada a la realización de proyectos mineros y no a un parque nacional. https://www.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/15/2022/07/Plan-ambiental-2022.pdf

Recordemos que de acuerdo a las leyes de Parques Nacionales 22.351 y de Áreas Naturales Protegidas Provinciales 6.045, las actividades extractivas están prohibidas en las áreas bajo su jurisdicción.


LAS CONCESIONES MINERAS INVOLUCRADAS Y SUS TITULARES

Las concesiones mineras concedidas por el Gobierno de San Juan en territorio mendocino en la zona del Cordón del Tigre son 7 en total y se identifican como permisos de exploración (cateos), bajo los números 112418N2012, 112422M2012. 112423M2012, 112425M2012, 112426M2012, 112427M2012 y 112429N2015. Las 6 primeras pertenecen a MIM Argentina Exploraciones S.A. y la restante a Nueva Victoria S.A. El objeto de todas estas concesiones es la búsqueda de minerales de primera categoría (o sea, metales).

Las concesiones mineras otorgadas por el Gobierno de Mendoza, aledañas a las anteriores son 3 en total y se identifican como permisos de exploración y manifestaciones de descubrimiento, bajo los números 2569R2004, 3206R2007 y 2343M2002. El objeto de todas estas concesiones es el mismo que los casos anteriores y la exploración de metales (ya que también hay manifestaciones). Sus titulares no están consignados, de todos modos, por su nomenclatura catastral se puede deducir que la última de estas concesiones pertenecería a la misma empresa que las otorgadas por el Gobierno de San Juan, con las cuales es colindante y estaría conformando un bloque o proyecto biprovincial, justo en las cabeceras de cuenca que abastecen de agua a Uspallata.

El detalle del titular de las concesiones mineras no es menor y ha dado lugar a un pedido de informes de la Legislatura de Mendoza a la Dirección de Minería, hace ya tres meses, el cual hasta el momento no ha sido respondido. Esto es debido a que la empresa MIM Argentina Exploraciones S.A. es subsidiaria de la corporación Glencore, que actualmente es la empresa de explotación y comercialización de commodities más grande del mundo, con más de 500 empresas subsidiarias operando en todo el mundo.

Actualmente Glencore es titular en Argentina de los proyectos megamineros Minera Agua Rica (Catamarca) y Pachón (San Juan), además fue la operadora de la explotación Bajo la Alumbrera (Catamarca). También es titular de las empresas Metalúrgica Arzin (Santa Fe), Molinos Libres (Corrientes), Aceitera Moreno (Buenos Aires), Puerto San Lorenzo (Santa Fe) y Renova (Santa Fe), esta última es una exportadora de soja dueña de parte del polémico Grupo Vicentín. Todas estas empresas están controladas por la corporación Glencore, a través de un entramado de empresas fantasmas off-shore, radicadas en paraísos fiscales.

http://federico-soria.blogspot.com/2017/12/glencore-corporacion-saqueadora.html

El otorgamiento de varias concesiones mineras de primera categoría que en total cubren una gran superficie (apx 25.000 has.), conformando un bloque dentro de una misma una región que abarca dos provincias, a un mismo titular corporativo, habla a las claras de que existe un interés certero en desarrollar una explotación de enorme envergadura en la zona. Más allá de que no ha habido ningún anuncio corporativo u oficial, es claro que existe una expectativa con alto grado de certeza para llevar a cabo en el futuro una explotación metalífera de gran escala en las cabeceras del arroyo San Alberto, de la mano de un proyecto bi-provincial en manos de Glencore, que es una de las top ten de la megaminería mundial.


En los mapas superiores se observan estas concesiones mineras superpuestas a una imagen satelital de google earth (a la izquierda) y al mapa del Inventario Nacional de Glaciares elaborado por el IANIGLA, correspondiente a la zona del faldeo oriental del Cordón del Tigre (a la derecha). En ambos casos se observa que la totalidad de estas concesiones mineras se localizan en ambiente glaciar y periglaciar.


COMO VERIFICAR EL HECHO?

Como se dijo al principio, en el visualizador web del Catastro Minero Nacional: se ingresa al sitio https://sigam.segemar.gov.ar/visor/, se activa la capa del catastro minero nacional y se focaliza en el sector cordillerano de la región limítrofe entre las provincias de San Juan y Mendoza. La base cartográfica original con la que abre el visualizador es la del IGN (Instituto Geográfico Nacional), por lo que es la cartografía oficial de la República Argentina. Con lo cual no hay lugar a ninguna duda de que hay concesiones mineras de San Juan que ingresan a territorio Mendocino.

El mismo visualizador web permite cambiar la base cartográfica por imágenes satelitales de google, donde no aparece la línea del límite interprovincial, pero quien tiene una noción básica de lectura e interpretación de este tipo de imágenes, se dará cuenta por dónde va el límite interprovincial y que tales concesiones mineras, no solo ingresan a territorio mendocino, sino que se localizan en las cabeceras de cuenca de los arroyos que fluyen hacia el Valle de Uspallata y que las mismas se localizan en ambientes glaciares y periglaciares. O sea, que es un hecho totalmente verificable con el uso de estas herramientoas, que bien vale destacar, son oficiales.

Como si ello fuera poco, hay otra herramienta oficial para verificar este hecho y es que el Catastro Minero de San Juan también está disponible en dos páginas web distintas del Gobierno de San Juan:

https://contenido.sanjuan.gob.ar/index.php?option=com_k2&view=itemlist&task=category&id=173:catastro-minero&Itemid=320

https://www.datosabiertos.sanjuan.gov.ar/dataset/catastro-minero-marzo-2023

En cualquiera de estos dos sitios se puede ingresar y bajar un archivo en formato .kmz, que se abre con el programa o la app google earth, donde se puede visualizar el Catastro Minero de San Juan en imágenes satelitales y con la posibilidad de agregar algunas capas de información, como los límites interprovinciales. De esta manera, también se verifica con otras herramientas oficiales esta cuestión, con el agregado que se trata de una herramienta diseñada por la autoridad de aplicación otorgante de dichas concesiones mineras.

La confusión por algún supuesto mal trazado de los límites interprovinciales no puede ser aludida como un error, puesto que su establecimiento es muy claro y la verificación del mismo en las imágenes satelitales es muy fácil para quien sabe interpretar este tipo de herramientas. Por lo tanto es injustificable el hecho mencionado.


LA CUESTIÓN DE LOS LÍMITES ENTRE MENDOZA Y SAN JUAN

Desde el origen de las provincias, los límites entre San Juan y Mendoza fueron materia de conflicto entre ambas gobernaciones, figurando el límite pretendido por cada una en las cartas topográficas del entonces IGM (hoy IGN).

Finalmente el 13 de setiembre de 1966 los gobernadores de ambas provincias suscribieron un acuerdo para cerrar más de 100 años de conflicto, el cual fue ratificado por ambas legislaturas y mucho tiempo después por la Ley Nacional 22.200, firmada el 24 de marzo de 1980.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do;jsessionid=CC82B9FFF1BF683BB3AFC6179BB8DA50?id=199398

El artículo 1 inciso 1 de dicha ley dice: "Sector de alta montaña: A partir de la intersección del límite con la República de Chile y el paralelo 32° 34' 30" S, por la línea de crestas que bordeando el sistema hídrico del Aconcagua, dividen las aguas hacia las cuencas de los ríos Mendoza y san Juan. Continua por la Cordillera del Tigre, o sea una línea en dirección SO-NNE, aproximadamente que pasa por las crestas de este sistema, dividiendo los glaciares y las cuencas que allí nacen y se vierten en los flancos Este y Oeste. El desarrollo de la línea descripta se lo fija por los siguientes puntos: Portezuelo del Norte, Cerro del Cuerno, crestas de montaña que definen la mayor altura de los Glaciares de las Vacas; Portezuelo del Indio; cerros Colorado, Nevado, Tigre, Dientitos, Grande, Barauca, Tambillos, Chiquero, Del Valle y Ureta; Portezuelo del Tigre y Cerro Cucaracha".

Esto quiere decir que el límite interprovincial en terreno en la zona del Cordón del Tigre es la línea divisoria de cuencas hídricas de los ríos San Juan y Mendoza. Si bien este tramo del límite límite aun no ha sido demarcado en el terreno, el uso de imágenes satelitales y/o cartas topográficas generadas con modelos altitudinales modernos, no deja ningún lugar a dudas respecto de su recorrido, a pesar de tratarse de una región remota y con grandes dificultades de accesibilidad.

Por lo tanto, es injustificable que, con las herramientas técnicas disponibles en la actualidad (y desde hace ya varios años), el Gobierno de San Juan haya otorgado concesiones mineras en territorio mendocino. Más allá de eso, las mismas se encuentran localizadas dentro de ambientes glaciares o periglaciares, por lo que ni siquiera deberían haber sido concedidas.


Este mapa es una copia de las zonas en litigio entre Mendoza y San Juan y el trazo del límite definitivo y es un anexo que acompaña a la Ley Nacional 22.200. El sector occidental correspondiente a la alta montaña, es un límite natural perfectamente verificable en el terreno y que (desde ya) no necesita demarcación in situ.


SUPERPOSICIÓN DE INJERENCIAS Y CONFLICTO DE INTERESES

Para el derecho administrativo, cualquier acto dispositivo o normativo efectuado por un ámbito del estado ajeno al de su jurisdicción (o ámbito de aplicación), es indefectiblemente nulo. Pero esto (que es a todas luces una verdad absoluta de la legalidad) tiene sus aristas... Existen antecedentes en otras ramas del derecho e incluso en el minero, que ameritan un análisis más profundo, pues las cuestiones que involucran conflicto entre los estados, así como el derecho minero, están regidas por disposiciones de orden público. No obstante, las concesiones mineras (sobre todo aquellas que están consolidadas dentro del procedimiento específico) constituyen propiedad privada, la que está consagrada en la Constitución Nacional como un derecho, el cual tiene una impronta muy fuerte en el imaginario del colectivo social, como algo determinante e inapelable. De todos modos, la propiedad privada no es un derecho absoluto y su ejercicio está limitado por los demás derechos de incidencia colectiva establecidos también en la Constitución, así como en el resto de la legislación vigente en todo el territorio de la República Argentina.

En el caso de las propiedades privadas, como campos, terrenos o lotes atravesados por límites provinciales o municipales, para el registro de la propiedad lo que vale es lo que figura en la mensura, que es un acto público registrable y recurrible en instancia de edictos. Por lo tanto, hay propiedades privadas que pueden estar atravesadas por límites interjurisdiccionales. Ocurre con mucha frecuencia en zonas limítrofes interprovinciales, sobre todo cuando se trata de límites fijados con posterioridad a la conformación de los estados provinciales, que atraviesan propiedades privadas mensuradas y registradas antes de esto, como es el caso del límite entre Mendoza y San Juan (por ejemplo, la estancia Yalguaraz está atravesada en parte por esta línea). Es responsabilidad de los estados involucrados, hacer las debidas correcciones a las imprecisiones suscitadas.

En minería hay un antecedente cercano muy concreto y reciente, pero a nivel de países 8o sea más grave), que fue el caso de la Minera Pelambres, asentada en territorio chileno, que arrojaba escombros y deshechos mineros en territorio argentino, localizado dentro de la concesión de Minera Pachón (curiosamente también subsidiaria de Glencore).

https://www.foroambiental.net/archivo/noticias-ambientales/recursos-naturales/2266-caso-los-pelambres-un-megabasural-de-intereses-y-encubrimiento

En un primer momento fue la comunidad local la que alertó y denunció el hecho. Posteriormente, fue la minera asentada del lado argentino la que denunció a su vecina del otro lado de la frontera, o sea, un conflicto entre privados. Pero recién cuando el caso tomó estado público, años después, el Estado (que venía haciendo la vista gorda) tuvo que tomar castas en el asunto, cuando pasó a ser un conflicto entre países, que pudo haber derivado en un litigio internacional. Como el límite entre Argentina y Chile en ese sector está perfectamente establecido y es completamente verificable en terreno y a través de imágenes satelitales, la Minera Pelambres tuvo que asumir la responsabilidad del hecho, por más que esgrimió que de acuerdo a la información proveída por el estado concedente, los escombros estaban siendo arrojados dentro de su concesión minera. Esto quiere decir que aparentemente se actuó por un error no subsanado en la información respecto del límite en el terreno, (que resultaría ser algo similar a lo que estaría ocurriendo con las concesiones mineras de San Juan en territorio mendocino).

Más allá de que actualmente Minera Pelambres está casi finalizando el proceso de retiro de la enorme cantidad de escombros arrojados del lado argentino y la supuesta remediación del terreno afectado (que incluye lagunas y vegas altoandinas que habían quedado sepultadas), el daño ya está hecho y sus efectos negativos oportunamente verificados en el agua y el ambiente van a persistir por muchísimo tiempo...

Esto llevado al caso de marras, podría dar lugar a un hipotético desarrollo minero metalífero de gran escala en las altas cumbres mismas del Cordón del Tigre en el futuro, de consecuencias ambientales insospechadas, primero por afectar ambiente glaciar y periglaciar, dada la gran altitud de dicho cordón, segundo por ser un proyecto sanjuanino que afectaría directamente in situ las nacientes de cursos de agua mendocinos. O sea, que no solo daría lugar a un conflicto interjurisdiccional estatal y/o entre privados, sino que además las consecuencias ambientales podrían ser de altísimo impacto en todo el norte de Mendoza que recibe agua de las fuentes ubicadas en esa zona (todo el Oasis Norte que rodes al Gran Mendoza).


EL AMBIENTE NATURAL INVOLUCRADO Y LA NECESIDAD DE PROTEGERLO

Obviamente, la posibilidad certera de que se desarrolle en el futuro un proyecto megaminero metalífero sobre las fuentes de agua de Uspallata (glaciares, humedales, lagunas altoandinas y nacientes de ríos y arroyos), quedaría descartada por completo si la zona estuviera comprendida bajo regímenes legales de protección que prohíban expresamente las actividades extractivas, como lo es un Área Natural Protegida Provincial (Ley Provincial 6.045) o un Parque Nacional (Ley Nacional 22.351).

Como se puede observar en la primera imagen de esta nota, la superficie comprendida dentro de todas estas concesiones mineras metalíferas es en su totalidad ambiente glaciar y periglaciar, dentro de las cabeceras de cuenca de los arroyos que allí se forman y descienden por el faldeo oriental del Cordón del Tigre, hasta el Valle de Uspallata, abasteciendo en su totalidad a su zona irrigada y la la población. Además, existen humedales altoandinos, como lagunas y vegas, en medio de un paisaje imponente.

Hay sitios verdaderamente singulares, donde se dan procesos naturales fundamentales que le otorgan cartacterísticas de calidad única a las aguas del Arroyo San Alberto. Por ese motivo, la zona donde se localizan estas concesiones mineras (y que es parte de un proyecto megaminero metalífero aun no formulado ni presentado oficialmente) está comprendida dentro del proyecto de ley de creación del Área Natural Protegida Uspallata-Polvaredas, así como también conforma el sector elegido para la propuesta de creación de un parque nacional en Uspallata y la Reserva Natural de la Defensa Estancia Uspallata.

 

FOTOGRAFÍAS DE LA ZONA 

 

Laguna del Nacimiento, Gl. San Alberto (Ph: F. Soria)


Laguna del Barauca, Glaciar San Alberto (Ph: F. Soria)


Glaciar Barauca 1 (Ph: Federico Soria)


Cumbre del Cerro Barauca (Ph: F. Soria)


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