10/4/15

INCENDIOS EN CHUBUT: BURCO, EL DUEÑO DEL CERRO TRES PICOS, SUS GLACIARES Y SUS CUENCAS HÍDRICAS

 
El caso de Burco (Belgian Urban Renovation Company), quizás sea el negocio más grande del “Curro Verde”, investigado en torno a los incendios de Cholila, ya sea porque son dueños de la propiedad privada más grande que rodea al lago homónimo y por la envergadura del grupo corporativo involucrado y de sus socios. 
  
El Cerro Tres Picos, acá visto desde el Lago Puelo, también es visible desde Cholila. Hasta que ocurrieron los oincendios, pocos sabían que esta magnífica montaña, actualmente es un paraíso privado en manos de una corporación extranjera (foto: F. Soria).

Según sus portales virtuales en las redes sociales "Burco América es un desarrollador líder de emprendimientos inmobiliarios y vacacionales de lujo en entornos naturales cuidadosamente preservados". Sin embargo, un extenso informe a cerca de este intrincado conglomerado de empresas, realizado por la periodista barilochense Susana Lara (recomiendo su lectura completa), arranca diciendo que "Hubert Marc Marie Henry Gosse es la cabeza visible de un grupo de firmas que operan en Argentina en relación a la explotación y renta de la naturaleza, con emprendimientos identificados en la zona andina de Río Negro, Mendoza y Chubut, así como también en la Patagonia Chilena. Su nacionalidad belga no alcanzaría para definir nada respecto al flujo de capital que representa, al menos en nuestra apreciación y de acuerdo a la documentación reunida hasta el momento. De todos modos, en el sitio web oficial Burco América (hoy caído) sostiene que la firma se formó hace 30 años en Bruselas y las primeras inversiones en la década del ’90 las hizo como extranjero."
Hubert Gosse, cara visible de BURCO
El mismo informe continúa diciendo que "Las inversiones más visibles en la región son las inmobiliarias y de infraestructura de turismo de élite (countrys, canchas de polo y golf, viñedos, lodges de pesca, etc), las que enmascaran las compras de tierras libres de agrotóxicos con abundante agua dulce potable, recurso estratégicos indiscutidos. Según la prensa “Burco tiene negocios en Bélgica, Francia, Polonia, Hungría, Inglaterra, y Chile, llegó al país en 1993 con el mega-country Arelauquen (el barrio cerrado más exclusivo de Bariloche), y en 2008 se extendió a Mendoza"
"Aunque son parte de un mismo flujo de capitales, el caso de las compras de tierra rural por parte del grupo Burco en la zona andina representa un interés estratégico diferente a las inversiones y desarrollos en infraestructura para el turismo de élite. A la vez, el papel de estado, es un verdadero dispositivo de transferencia de riquezas a precio vil, independientemente que esas operatorias sean o no legales. Todo indica que son ilegales o al menos están viciadas de nulidad, pero aunque fueran “ajustada a derecho” la ilegitimidad de origen radica en que el gobierno que controla el Estado y los dispositivos del Estado están al servicio de un mecanismo de transferencia a grandes escalas al capital privado (nacional y/o extranjero) de bienes de la naturaleza que revisten valor estratégico a escala planetaria."
Los otros nombres de Burco son: Annabelle María Winterhalter (esposa de Gosse), Nicolás Rodríguez Otaño (Apoderado Legal y director de Burco), Ernesto Miguens, Esteban Daireaux, Sebastián Novas y Jorge Francisco Garat, entre otros (Directores de Burco y sus empresas), Alfredo Federico Bergter (Gerente de Arelauquen), Alex Fagiani (Director de Turismo de Burco, Pedro Usandizaga y Tomás Berger (testaferros), Paul Cottescu (Jefe de guías de montaña de Burco), Francisco Bedeschi (fotógrafo de Burco), Gabriel Rapoport (guía de montaña y operador de Burco).

CLIENTES O SOCIOS?

La apropiación de glaciares, nacientes de ríos, bosques y lagos por parte del grupo Burco no es un hecho casual ni aislado y en el supuesto caso que lo que muestre sea el único propósito de sus adquisiciones, sus desarrollos no apuntan al turismo para la gente, es un negocio de elite para multimillonarios, ya que cada paquete turístico de Burco puede costar hasta 80.000 dólares ($ un millón). Con estos montos, los clientes pasan a ser socios de un megaemprendimiento hiper-exclusivo; y entre los clientes/socios de Burco figuran:
Nicolás Van Ditmar, parodiado como el custodio del
Lago Escondido y la mansión de su patrón: Joe Lewis
Nicolás Van Ditmar, que es el agente inmobiliario más grande de Bariloche y representante local de Joe Lewis (también señalado como propietario de campos en Cholila). Van Dittmar es uno de los principales impulsores de la extranjerización de la tierra en la Patagonia. Recordemos que además este señor es famoso por las intimidaciones públicas que reliza cuando defiende a su mandante de los reclamos populares, especialmente en lo que tiene que ver con el libre acceso al Lago Escondido. Algunos de los programas de turismo de elite de las empresas de Burco incluyen la visita al Lago Escondido, espejo de agua público apropiado por este magnate para uso personal, el cual resulta inaccesible para el común de los mortales y su entorno es un desmanejo exprofeso del Gobierno de Río Negro, que debería estar gestionando las áreas naturales protegidas a su cargo, en vez de dejarlas libradas a los negocios privados de unos pocos.
Carlos Miguens Bemberg y Julio Devido en una de las
tantas treuniones que mantienen por temas vinculados

al extractivismo (megaminería, fracking represas, etc.),
modelo del cual es uno de los principales beneficiarios.
El Grupo Bemberg, uno de los conglomerados corporativos más grandes de Argentina; que, oh casualidad, son dueños de la franquicia local de Patagonia Gold, empresa megaminera inglesa que figura como una de las propietarias de los derechos mineros existentes en el área incendiada, que tuvo una destacada participación para voltear el "No a la mina" de Esquel y que hoy conforma una sociedad de inversionistas vinculados a la Sociedad Rural, al Grupo Clarín, a figuras del deporte y el espectáculo y a políticos del Frente para la Victoria.

Marcelo Mindlin ha sido uno de los principales
beneficiarios del proceso de "argentinización"
de las empresas privatizadas en los años '90s y
curiosamente sus prestadoras de servicios públicos
no han sido alcanzadas por esta nueva ola de las re-
estatizaciones. Este señor es un habitué de los actos
oficiales del kirchnerismo, los cuales en mas de
una oportunidad se han desarrollado dentro de las
instalaciones de sus empresas.
Marcelo Mindlin, es un magnate empresario socio de Eduardo Elstain y George Soros, quienes se quedaron con el Banco Hipotecario, cuando fue privatizado, además poseen un conglomerado corporativo denominado IRSA, que es dueño de casi todos los shopping del país y de campos en la pampa húmeda destinados a la producción de soja. Además es dueño de Pampa Energía, la mayor corporación eléctrica de Argentina, que cubre el servicio público eléctrico de la mitad del Gran Buenos Aires; sus empresas subsidiarias son Edenor, Transener y Telecentro. Mindlin también es propietario de campos en las nacientes del Río Chubut, lindantes al campo de Burco localizado en el Cerro Carreras. Los campos de Río Negro donde se pretendía también sembrar soja, son de él, al igual que la propiedad lindera a la que posee Burco en el Cerro Carreras. Mindlin es además el financista para construir la represa y central hidroeléctrica de Lewis en el Lago Escondido.

Se sabe también que ejecutivos de todas estas empresas, realizan reuniones cumbre de trabajo en dependencias de Burco.

EL SOCIO INGLÉS

Joe Lewis es un magnate inglés, principal inversionista del grupo Tavistock, un conglomerado empresario dueño de franquicias de las más diversas en todo el mundo. Su fortuna es una de las más grandes de Gran Bretaña. Como ya se dijo antes, está vinculado al grupo Burco y a Pampa Energía (de Mindlin) y es dueño de un campo que rodea en su totalidad al Lago Escondido. Espejo de agua de caracter público, cuya servidumbre de paso fue cortada por este señor, motivando una causa judicial que finalmente se ganó, pero que el propio empresario, en complicidad con el gobierno de Río Negro, se niega a cumplir, manteniendo abierto el acceso únicamente por una senda de montaña muy peligrosa y sin mantenimiento.
Joe Lewis en un encuentro deportivo, en
compañía del dueño de los Spurs.
Dentro del campo de Joe Lewis hay mansiones, caminos, extensas parquezaciones artificiales, instalaciones deportivas, una caballeriza, etc. Todas estas modificaciones del entorno natural se llevaron a cabo volteando el bosque existente (ver en Google Maps), con lo cual queda claro que más allá de los slogan comerciales de Lewis y sus testaferros, la relación de Lewis con el bosque es bastante nativo reñida, al punto que toda su propiedad fue excluida del área roja, de acuerdo a la zonificación de bosques nativos que hizo el Gobierno de Río Negro.
Lewis además tiene un proyecto aprobado para construir una central hidoreléctrica en el Río Escondido (desagüe natural del lago), para lo cual necesita quitar el agua del mismo, en una zona de cascadas y saltos, además de eliminar también el bosque existente en el lugar y construir el cableado, también a través del bosque. Desde ya, todas las fuerzas políticas de Río Negro (salvo honrosas excepciones) están de acuerdo con llevar adelante esta depredación y que la energía quede en manos privadas.
El otro dato que ubica a Joe Lewis como depredador de la naturaleza es la misteriosa construcción de una represa en el Valle del Río Foyel, próximo a su unión con el Río Manso (ver en Google Maps), sin ningún tipo de estudio de impacto ambiental, donde además este señor está expandiendo sus dominios, comprando los campos linderos a su propiedad.
Como ya se dijo, el representante local de Joe Lewis es el agente inmobiliario Nicolás Van Dittmar, esta persona es la que facilitó al magnate inglés la compra del campo que incluye al Lago Escondido y es quien actualmente está cargo de su administración y de las empresas locales del magnate, así como de defender sus intereses ante el gobierno y la opinión pública.
La central hidroeléctrica de Joe Lewis puede secar la cascada del Río Escondido
Recordemos además que Joe Lewis es dueño de un impresionante aeropuerto construido en medio de la nada (ver en Bing Maps), se trata de Bahía Dorada, que cuenta con una pista más grande que la de cualquier aeropuerto mediano de Argentina y un hangar enorme que podría albergar dos aviones grandes de pasajeros o varios jet privados, como los que habitualmente usa el magnate para desplazarse. El aeropuerto cuenta con las debidas habilitaciones de la autoridad aeronáutica argentina, sin embargo, no hay ningún tipo de control respecto del tráfico aéreo de dicho aeropuerto por parte de algún organismo oficial argentino, máxime teniendo en cuenta que en dicho aeropuerto pueden aterrizar vuelos internacionales.
Con respecto a la presencia de Joe Lewis en Cholila, un informe periodístico sitúa a Joe Lewis con tierras en la zona del Cerro Tres Picos. Según el Catastro Provincial del Chubut, esas forman parte de las áreas protegidas ya mencionadas, Tigre y El Turbio. Sin embargo, está claro que, como ocurre con el grupo Burco, en el noroeste del Chubut, las tierras fiscales están siendo destinadas a satisfacer los grandes intereses privados corporativos transnacionales que han puesto la mira sobre los bienes comunes de la Patagonia. En virtud de ello, y de la ya expuesta sociedad que existe entre Lewis y Burco, la presencia de Lewis en Cholila, prácticamente es un hecho consumado.
 
LAS PROPIEDADES DE BURCO 
 
El grupo Burco es propietario de campos en diversos sitios de la cordillera en Chubut y Río Negro, ubicados en zonas con glaciares, lagos, nacientes de ríos y bosques: el Cerro Carreras, El Foyel, Río Villegas, Lago Gutiérrez, Alicura, Lago Vinterr, Lago Rosario, Lago La Plata, Corcovado y Cholila.

CÓMO ELIGIÓ SUS PROPIEDADES?

La Elección de las propiedades que actualmente posee la corporación, fue un largo proceso de relevamiento que se inició a fines de los '90s y principios de este siglo, una vez que BURCO ya había empezado a hacer caminar el Country Arelauquen, en Bariloche.
El procedimiento consistió en efectuar un relevamiento de todos los Andes Patagónicos, entre Bariloche y El Calafate, el cual fue dirigido por el experimentado andinista barilochense Gabriel Rapoport. Paralelo a ello, en la faz administrativa, se fueron localizando tierras fiscales en los puntos relevados, analizando su situación dominial, de ocupación, tramitación legal, etc.
Captura de uno de los videos publicitarios grabados en el Cerro Tres
Picos, mientras los empleados de Burco hacían el relevamiento de las
propiedades a adquirir, que en aquel entonces eran tierras fiscales y
actualmente pertenecen a este conglomerado de corporaciones.
Estos relevamientos se efectuaban paralelos a otras acciones comerciales que la empresa fue realizando durante esos años. En el caso de Cholila, la aparatosa filmación de una campaña publicitaria para la Cerveza Quilmes, en la temporada 2003/2004, fue la cortina de humo...
Ver videos: (parte 1) (parte 2) (parte 3) (parte 4)
En aquel entonces, el Cerro Tres Picos era propiedad fiscal, con lo cual, el Gobierno del Chubut era el responsable de su administración y en uso de sus atribuciones, debería haber gernerado una tramitación para autorizar este evento, debería haber solicitado un Estudio de Impacto Ambiental, debería haber informado y puesto a disposición de la ciudadanía los expedientes para ser consultados y debería haber convocado a una audiencia pública (recordemos que la Ley Nacional 25.675 ya estaba vigente). Sin embargo nada de esto ocurrió, se desconoce incluso si los responsables de esta campaña publicitaria solicitaron el permiso correspondiente y si en caso de ser así, si el gobierno lo otorgó. En cualquiera de los casos, evidentemente se pasó por alto la legislación ambiental.
La elección de la Cerveza Quilmes como pantalla no fue casual: la corporación todavía en ese momento todavía estaba en manos mayoritariamente del Grupo Miguens-Bemberg (la vendieron en 2007 a Ambev, curiosamente, belgas tambien, aunque radicados en Brasil). Los miembros del clan Miguens Bemberg también eran, y siguen siendo, parte del directorio de las empresas de BURCO (Arelauquen, Los Baguales, El Talismán, Bahía Arenal, Aero Adventure, etc, etc, etc...) y de las corporaciones mega-mineras que casualmente tienen concesiones en el área incendiada (Patagonia Gold, MB Holding, Sadesa, etc).

CÓMO LAS ADQUIRIÓ?

Como resultado de ello, el grupo Burco fue adquiriendo las tierras que hoy conforman su mosaico de propiedades distribuidas en sitios estratégicos de la cordillera y montando las prestaciones turísticas exclusivas que desarrolla a través de canales independientes ajenos al circuito comercial de las agencias de turismo, comercializándolos principalmente a través de terceros, y siempre haciendo hincapié en la exclusividad del servicio, tanto a nivel económico como de las características ambientales de las áreas donde los mismos se desarrollan, destacando su condición de pristinidad y su localización remota. 
Unos años después del relevamiento encabezado o coordinado por Diego Rapoport, la corporación "compró" un montón de lugares con montañas, glaciares y cuencas hídricas completas o las cabeceras de éstas: el Cerro Carreras, las nacientes de los ríos Chubut, Foyel y Villegas, la Meseta de los Baguales y otras propiedades en los lagos Rosario, Vinterr y La Plata, y por supuerto, el Cerro Tres Picos, con sus glaciares y la cuenca completa del Arroyo del Turco. Los mecanismos administrativos empleados por Burco para la adquisición de sus tierras fue bastante similar en Chubut y Río Negro.
Un detalle no menor es que la totalidad de las tierras de Burco no estan asentadas en el Registro de la Propiedad a nombre del grupo o de las empresas, sino que lo están a nombre de sus propietarios y/o directivos o testaferros en algunos casos. En el caso de directivos los extranjeros, la totalidad de los que figuran como propietarios, revisten la condición de residentes permanentes en el país, con lo cual también pueden eludir los alcances de la Ley Nacional 26.637 (Régimen de protección a dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de la tierra rural).
En los casos de las propiedades localizadas en la Provincia del Chubut, evidentemente, la operatoria de adquisición empleada para quedarse con tierras fiscales escrituradas a su nombre, fue la misma que se denuncia en todas las investigaciones que involucran el negocio inmobiliario denominado "Curro Verde". Se trata del Decreto Provincial 74/2005, que habilitó la venta y escrituración de tierras fiscales con bosques nativos, la cual estaba regulada por el Decreto Provincial 712/2004, el cual terminó siendo modificado de tal manera que el mismo pasó a legislar por sobre lo establecido en la propia Cosntitución del Chubut.
El caso del Cerro Tres Picos es muy particular: Si bien no se conocen los detalles de la operatoria, se sabe que esas tierras eran fiscales, pero de un día para el otro, en algun momento entre 2007 y 2011, el Gobierno del Chubut las escrituró a nombre de los dueños de BURCO, incluyendo porciones del Área Natural Protegida Río Tigre creada mediante Decreto Provincial 199/2007, que en teoría y de acuerdo al marco legal vigente, era inenagenable, junto con los bosques que teóricamente también lo eran, en virtud del Artículo 105 de la Constitución del Chubut, bosques que ahora desaparecieron con los incendios...

LOS BAGUALES
 
Analicemos el caso del emprendimiento Los Baguales, en Río Negro, que es propiedad de a firma. Se trata de un emprendimiento de turismo de elite, con un llamativo slogan corporativo: "...desarrollamos nuestras actividades en entornos naturales cuidadosamente preservados" una consigna que en los hechos concretos, está muy alejada de la realidad.
El campo Los Baguales es lindero al Parque Nacional Nahuel Huapi, por donde debe transitarse un tramo de camino de varios kilómetros, para ingresar a esta propiedad privada, de la cual está separada por el Río Villegas. Se desconoce si la Administración de Parques Nacionales le ha otorgado una servidumbre de paso a este particular y si ese organismo está al tanto de las actividades y de que el Parque Nahuel Huapi es utilizado como acceso a este emprendimiento privado. Tanto este camino, como el lodge y los refugios de montaña, han sido construidos en lugares correspondientes a zona roja, dentro del ordenamiento territorial de bosques nativos de Río Negro, violando por lo tanto la Ley de Bosques. Además todas estas obras se han realizado sin estudio de impacto ambiental, audiencia pública ni consulta pública, violando la Ley General del Ambiente. Analizando imágenes de Google Earth se observa que en el lugar se realizan todo tipo de actividades turísticas durante todo el año, sin control ni regulación del estado, empleando maquinaria ruidosa, como helicópteros, orugas, motos de nieve y enduro, en una zona que es corredor del huemul (Monumento Natural Nacional, según la Ley Nacional 24.702) y que se encuentra dentro de la Reserva de la Biosfera Andino-Nor Patagónica.
El establecimiento "Los Baguales" del grupo Burco está lejos de contar con un "entorno cuidadosamente preservado" como dicen: las construcciones se localizan en zona roja de bosques nativos, no cuentan con estudio de impacto ambiental, así como tampoco los caminos de acceso, se han hecho derribando árboles del propio bosque nativo y además sus actividades, realizadas con maquinaria ruidosa, impactan negativamente los corredores del huemul (Monumento Natural Nacional según la Ley Nacional 24.702). Fotos sacadas de la wen de Los Baguales.

El campo Los Baguales, junto con otros localizados en el Cerro Carreras y las nacientes del Río Chubut, han sido motivo de investigación, ya que se trata (o más bien se trataba) de tierras fiscales ubicadas en zonas muy estratégicas, que de la noche a la mañana, pasan a estar en manos privadas. Sin embargo, a pesar de las advertencias, las tierras terminaron en manos del dueño de Burco, al que desde entonces se le conoce como "el belga fiscalero", en clara alusión a quienes deberían ser verdaderos dueños de esas tierras, que son los pobladores ancestrales rurales.

EL CERRO TRES PICOS

En Cholila, de acuerdo al relato de pobladores y andinistas, este grupo estaría construyendo viviendas o refugios en zonas remotas: Cerro Tres Picos, Cerro Dos Picos, Cerro Plataforma y en los ríos Turbio III y Turbio IV. La construcción de estos refugios quedó en evidencia cuando con motivo del propio incendio, debió ser rescatado un empleado que estaba efectuando, precisamente, la construcción de uno de ellos. Evidentemente esta persona era empleado de Burco…
Llama la atención que el emplazamiento de estos refugios es dentro de las áreas naturales protegidas provinciales Río Tigre y Río Turbio, por lo que para llevar a cabo estas construcciones, la corporación belga necesariamente cuenta con autorizaciones del Gobierno del Chubut.
Nuevamente nos encontramos ante trabajos que se están llevando a cabo en zona roja de bosques nativos y sin realizarse ningún tipo de estudio de impacto ambiental. Llama la atención también que a esta corporación extranjera se le haya autorizado a construir una cadena de refugios de alta montaña, siendo que al mismo tiempo, el Club Andino Cholila, había presentado formalmente un proyecto social de refugios y senderos de montaña que oportunamente le fue rechazado por las autoridades provinciales.
Con esto, resulta ser que, además de violar las leyes ambientales vigentes, el Gobierno del Chubut pareciera tener un trato discrecional en favor de las corporaciones privatistas extranjeras, en desmedro de las organizaciones comunitarias de la sociedad civil, conformadas por los mismos pobladores ancestrales del territorio.
El otro hecho grave es que la empresa además está ofreciendo programas turísticos que incluyen la práctica de deportes extremos en áreas prístinas que forman parte de las áreas protegidas del Chubut, con el consecuente impacto ambiental y el riesgo que representa para el Estado (gestor de las mismas), asumir las responsabilidades que le competen en caso de ocurrencia de accidentes, por haber autorizado esas actividades de manera discrecional y sin haber analizado las consecuencias. El ingreso de helicópteros en las áreas protegidas también provoca un grave daño ambiental, de hecho, en los Parques Nacionales está absolutamente prohibido por la Ley Nacional 26.389, modificatoria de la Ley de Parques Nacionales.
En este caso del Cerro Tres Picos, como en Baguales, todas las actividades de Burco, se llevan a cabo sin haber pasado por las instancias previas de Evaluación de Impacto Ambiental, Consulta Pública de los expedientes y Audiencia Pública, con lo cual se violan las leyes nacionales 25.675 y 26.331. La zona donde se desarrolla está localizada en área glaciar y periglaciar, por lo tanto está violando la Ley Nacional 26.639 y además es corredor del huemul, con lo cual viola la Ley Nacional 24.702, que declara a dicha especie Monumento Natural Nacional. Tampoco se cumplió con la consulta previa, libre e informada a los pueblos originarios, establecida en el Convenio 169 de la OIT, al cual Argentina adhiere mediante la Ley Nacional 24.071.

Un cerro con glaciares y toda una cuenca hídrica completa en manos privadas? 

A propósito del párrafo anterior, mientras navegaba por el portal web del Sistema de Información Territorial del Chubut, para buscar información y datos que forman parte de un trabajo de investigación que realicé sobre los incendios de bosques nativos en Cholila, me empecé a enterar de varias cosas... Una de ellas es que el Cerro Tres Picos y la mayoría de sus glaciares (esa magnífica montaña, tremenda, que se ve majestuosa desde el Lago Puelo, y también desde Cholila), son privados, a pesar de encontrarse comprendidos dentro de los límites del Área Natural Protegida Río Tigre. Además del cerro, la misma propiedad abarca la totalidad de la cuenca del Arroyo del Turco, un curso de agua que nace en los glaciares orientales de dicho cerro y escurre en dirección sur hasta el Lago Cholila, donde desemboca formando un gran abanico aluvial que se introduce en el espejo de agua, todo dentro de la misma propiedad.
De acuerdo al Código Civil, los cursos de agua que nacen y mueren dentro de una misma propiedad, son privados y los dueños pueden disponer de la totalidad del agua, con lo cual, el dueño de esa propiedad, del Cerro Tres Picos y de sus glaciares, también es dueño del Arroyo del Turco y de todo su caudal.
La denominación catastral de la propiedad en cuestión es "Departamento 9; Ejido 9; Circunscripción 0; Sector 0; Sección J III, División --; Parcela 23C" y la simple observación del polígono y su caprichosa demarcación, coincidente con el contorno de la cuenca, cuyas cabeceras están comprendidas dentro de la mencionada área natural protegida, generan demasiadas dudas:
1) Qué funcionario autorizó y puso la firma para entregar a un privado, esa cuenca completa y el cerro con sus glaciares y bosques (ahora inexistentes tras los incendios), que eran tierras fiscales de todos los chubutenses, a un privado?
2) Por qué el Gobierno del Chubut escrituró en favor de un particular, un campo que está dentro del área natural protegida legamente constituida?
3) Quién es el dueño del Glaciar y Cerro Tres Picos?

Respecto de esto último, y tal como se comentó anteriormente, lo más probable es que el campo sea de Hubert Gosse (dueño de Burco) o de su socio Joe Lewis o de un testaferro de uno de los dos o de ambos al mismo tiempo. Basta verificarlo en Catastro del Chubut o que un agrimensor tenga la calve para acceder por la web a la base de datos del Sistema de Información Territorial del Chubut.
De acuerdo a los antecedentes y a los trabajos de investigación que venimos realizando y debido a la falta de respuesta del estado respecto de este tema, estamos convencidos de que Burco es el dueño del Cerro Tres Picos y de la cuenca completa del Arroyo del Turco, ya que es allí donde desarrolla sus actividades exclusivas para elites hiper-adineradas, manejando el lugar como si se tratara de una propiedad privada a su nombre y con una total falta de cuidado por el medioambiente e incumpliendo la normativa específica (Ley del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Glaciares y legislación provincial complementaria), tal como lo hace también en Los Baguales.

Esta captura de una imagen Google Earth, muestra insertado el polígono de forma bastante caprichosa que representa el campo privado en cuestión. Se puede apreciar que dentro de él está comprendido el Cerro Tres Picos y gran parte de sus glaciares (extremo superior izquierdo del polígono), así como la totalidad del curso de agua del Arroyo del Turco, desde que nace en los mencionados glaciares, hasta que muere en las costas del Lago Cholila, formando un extenso abanico aluvial, también incluido en la propiedad (martillo invertido del extremo inferior del polígono).


El campo del Cerro Tres Picos, que está dentro de la Reserva Provincial Río Tigre, tiene una superficie aproximada de 3.000 hectáreas, con lo cual es la propiedad privada m´sa grande que hay en la cuenca del Lago Cholila y es mucho mayor que los campos de Rocca, Tinelli, O'Reily, etc. La fuente de este croquis es el Sistema de Información Territorial del Chubut


 ATENTI: BURCO YA ESTÁ COMERCIALIZANDO LA TEMPORADA 2015...

Con 52.000 hectáreas de bosques incendiados todavía humeantes, el negocio de Burco no se detiene en Cholila, tal es así que desde hace uno días, se encuentra promocionando la temporada invernal 2015 del heliskiing...
Evidentemente, la operatoria de Burco necesita de una logística importante para poder operar en los lugares que eligen para desarrollar sus actividades. Todos los paquetes ofrecidos en internet explican claramente donde se desarrollan los servicios que presta la empresa y también las prestaciones asociadas, como ser alojamiento, gastronomía, lugar de partida y arribo de las aeronaves, etc.
Está bastante claro que los vuelos, en la mayoría de los casos, tienen como lugar de partida y arribo, las propiedades de Burco o de sus socios, como ser Arelauquen, Los Baguales y Lago Escondido. Sin embargo, la información que se da con respecto a la operatoria en Cholila es escasa, con lo cual en este lugar, la pata local del negocio no está clara; pero que la hay, la hay...
De todos modos, en este espacio de expresión no nos vamos a involucrar en los conflictos de intereses internos que hay en Cholila, creo que más que averiguar sin demasiados datos quiénes son los que allí sostienen la pata local del curro verde, deberíamos exigir que se cumplan las leyes y en función de eso, que el Gobierno del Chubut prohíba el heliskiing en sus áreas naturales protegidas, tal como ya lo hizo Parques Nacionales dentro de su jurisdicción. Seguramente de esta manera los responsables podrán ser individualizados y denunciados administrativa y penalmente, de así corresponder...
"En aplicación a los principios Preventivo y Precautorio establecidos en el art 4º de la Ley Nacional 25.675 y dado el expreso incumplimiento de lo normado en el capítulo 6º de la Ley Nacional 26.331 (en ambos casos, presupuestos mínimos vigentes en todo el territorio de la Nación Argentina, de acuerdo al ordenamiento jurídico establecido en el Artículo 41 de la Constitución Nacional), exigimos al Gobernador del Chubut, Dr. Matín Buzzi, la inmediata suspensión por decreto de todas las actividades de heliskiing y otras prestaciones turísticas que impliquen el sobrevuelo de helicópteros en el espacio aéreo de las áreas naturales protegidas provinciales legalmente constituidas del Chubut, teniendo en cuenta que las mismas se llevan a cabo violando las siguientes leyes:
i) Ley Nacional 25.675 y 26.331: no se ha efectuado el Estudio de Impacto Ambiental ni Audiencia Pública, conforme lo estipula la legislación ambiental de presupuestos mínimos vigente en todo el territorio de la Nación Argentina y la normativa provincial complementaria
ii) Ley Nacional 26.639: la actividad se desarrolla en ambientes glaciares y periglaciares, que por dicha ley son intangibles.
iii) Ley Nacional 24.702: la actividad se desarrolla dentro de los corredores biológicos del huemul, especie declarada por dicha ley Monumento Natural Nacional."

Y CON LAS TIERRAS QUÉ HACEMOS?

Las tierras adjudicadas, otorgadas o vendidas a privados, que se hallen en zona de bosques nativos y cuya tramitación se haya realizado sin cumplimentar con la legislación antes mencionada (Constitución del Chubut, leyes nacionales 24.071, 25.675, 26.331 y 26.639, así como la normativa provincial y/o municipal conplementaria a esta,) deberían volver a manos del estado y ser manejadas con criterio estatista y conservacionista.
Más allá de los anuncios dicursivos, los pedidos de investigación y los pases de factura políticos, en Chubut es necesario frenar el "curro verde" y retrotraer todo a la situación anterior a su existencia, aplicando medidas administrativas y legales concretas y contundentes.
"En aplicación al Principio Precautorio yal Principio Preventivo establecidos en la Ley Nacional 25.675, así como en virtud del incumplimiento manifiesto de lo normado en el capítulo 6 de la Ley Nacional 26.331, en lo que hace a todos los negocios inmobiliarios efectuados dentro de la zona sujeta al régimen de dicha norma; exigimos:
a) Proceder al inmediato congelamiento en la escrituración de tierras fiscales en favor de particulares, en todo el territorio sujeto al régimen de la Ley Nacioal 26.331 (Ley de Bosques Nativos), ya sea afectado o no por los incendios, hasta tanto se hayan cumplido con la totalidad de las exigencias mencionadas en los puntos posteriores, y siempre que no fuera obligatoria por aplicación de dicha norma, la intangibilidad total y a perpetuidad del bosque nativo, en cuyo caso, el congelamiento deberá ser definitivo.
b) Declarar inconstitucional el Decreto Provincial 74/2005 y modificar el Decreto 714/2004, adecuando el mismo a las disposiciones emanadas de la Ley Nacional 26.331 (Ley de Bosques Nativos) y su normativa complementaria provincial, así como incluir en el mismo mecanismos legales para dar cumplimiento a la totalidad de las exigencias expuestas en los puntos posteriores.
c) Proceder a la revisión de la totalidad de los expedientes de otorgamiento y/o venta de tierras fiscales a particulares, cuyas escrituras hayan sido suscriptas en el marco de la aplicación del Decreto Provincial 74/2005 (modificatorio del Decreto Provincial 712/2004), retrotrayendo todas aquellas adjudicaciones que se hayan realizado incumpliendo con el artículo 105 de la Constitución del Chubut.
d) Efectivizar la totalidad de los deslindes que hayan sido dictaminados por los técnicos de Bosques en TODOS los expedientes de tramitación de adjudicación de tierras fiscales a particulares, en todos aquellos casos en que los mismos no se hayan aplicado al momento de escriturar a favor de particulares.
e) Constituir servidumbres de paso y servidumbres ecológicas en TODAS aquellas tierras fiscales adjudicadas y/o vendidas a particulares, que contengan bosques nativos, montañas, glaciares, cursos y cuerpos de agua en su interior.
f) Proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad restricciones al dominio en los títulos de TODAS aquellas tierras que se encuentren comprendidas dentro de las zonas sujetas al régimen de la Ley de Bosques Nativos y en función de la categorización determinada para cada caso, de acuerdo al ordenamiento territorial de bosques nativos, fijado por ley del propio Gobierno del Chubut.
g) Poner a disposición de la ciudadanía la totalidad de la información relacionada con todos los casos de otorgamiento de tierras fiscales a particulares, así como la base de datos completa del portal web del Sistema de Información Territorial del Chubut que actualmente requiere de una clave para acceder a la misma.
h) Establecer mediante decreto provincial, un mecanismo legal para que las tierras fiscales legítimamente transferidas a ocupantes históricos que se encuentren dentro  de zonas comprendidas por la Ley de Bosques Nativos,  no puedan ser vendidas ni fraccionadas por estos y que las mismas vuelvan al Estado en caso de no ser ocupadas por los mismos.
i) Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación TODO el territorio que forme parte del Parque Interjurisdiccional  proyectado entre los Parques Nacionales Lago Puelo y Los Alerces.
Sólo con acciones claras, contundentes y efectivas, vamos a lograr detener los incendios de bosques nativos en los Andes Patagónicos.

2 comentarios:

  1. Hola don Federico Soria. Mi nonbre es Sebastian de la Cruz y le informo que usted esta cometiendo un error en "suponer" situaciones cuya realidad y verdad dista de ser lo que usted publica en lo referente al emprendimiento que otras personas NO relacionadas con los empresarios extranjeros que usted menciona estamos haciendo en el turbio. No compartimos con lewis , burco ni minlin ninguna situacion ni tampoco el status social ni economico. Nuestro emprendimiento en el turbio cuatro es legal y esta todo en regla en el IAC desde antes que existiese el Parque Provincial. Estamos a disposicion de las autoridades desde el primer dia y comprometidos conjuntamente a buscar y encontrar el consenso firmado a traves de un documento. Estando tambien a su disposicion para evacuarle cualquier consulta lo saludo atentamente. Sebastian de la Cruz, Paraje Las Horquetas, Rio Turbio. P.d: Estoy aun disponible en "facebook"

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    1. No es motivo del presnete analizar si el vínculo que oportunamente tenían con estas empresas actualmente está roto o ha caducado, tal como me han comentado por estos días las fuentes consultadas oportunamente in situ y aquellos que en su momento tuvieron la desinteresada amabilidad de llevarme a conocer ese territorio, como parte de estos trabajos de investigación, a los que también he vuelto a consultar.
      Por otra parte, no hay suposición de ninguna naturaleza (y menos aún a 3 años de publicado el presente escrito): todas las afirmaciones vertidas en esta y otras investigaciones están respaldadas con el correspondiente vínculo a información pública, documentación oficial y la mención a todas y cada una de las leyes violadas.
      El Turbio IV es Zona Roja, según la Ley de Bosques Nativos y el correspondiente mapa aprobado por la Legislatura de Chubut y validado socialmente en las instancias públicas llevadas a cabo oportunamente, con lo cual el bosque dentro de esa zona es intangible y está prohibido cualquier tipo de emprendimiento (independientemente de quién sea su titular). Además, sus cabeceras están protegidas por la Ley de Glaciares, que establece lo mismo para los ambientes glaciares y periglaciares. Esto incluye también restricciones al sobrevuelo con helicópteros por esas zonas realizados en forma particular.
      De acuerdo a las averiguaciones que efectué por nota y por teléfono ante la autoridad ambiental de la provincia de Chubut al momento de la realización del presente escrito, la realización de construcciones en los sitios mencionados NO contaba con Estudio de Impacto Ambiental ni Audiencia Pública, tal como lo exigen los presupuestos mínimos legales en materia ambiental vigentes en todo el territorio de la Nación Argentina (Leyes nacionales 25.675, 26.331 y 26.639).
      El bosque nativo está declarado inenagenable según el Art 105 de la Constitución de Chubut, por lo tanto la intervención del IAC en estas zonas no corresponde. Esta cuestión no es menor, ya que ha sido motivo de numerosas denunicas en la justicia que involucran al mega-negocio del curro verde, en donde los propios ex-funcionarios de ese organismo están implicados en causas que aún continúan sustanciándose en la justicia provincial. Existe abundante material publicado respecto de esto, el cual (por cierto) ha sido usado como parte de las fuentes citadas en los escritos publicados en esos tiempos, con motivo de los incendios forestales en Cholila del año 2015.
      Ningún verdadero apasionado de la montaña jamás pensaría en apropiarse de ella para conformar una propiedad privada, por el contrario (y me incluyo) siempre hemos militado en todos los ámbitos el libre acceso a la misma, reivindicando en todo lugar y momento su status de patrimonio público. De la misma manera, el Parque Provincial El Turbio (creado íntegramente sobre tierras fiscales, según el Registro catastral de Chubut y el propio instrumento legal de creación) es patrimonio de todas y todos, consagrado por ley emanada de las instituciones del Estado y nadie puede aludir supuestos "derechos adquiridos" para quedarse con él o desarrollar en él actividades comerciales de tipo privadas o particulares al margen del estado de derecho, por más que se trate de zonas remotas donde la presencia del Estado sea nula (principios de progresividad, congruencia, subsidianeidad y equidad intergeneracional, Art. 4º Ley Nacional 25.675).

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