25/1/18

MATANZA DE CÓNDORES EN MENDOZA: ¿QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES? ¿PUESTEROS, TERRATENIENTES O GOBIERNO?






Recientemente se encontraron 34 cóndores muertos por envenenamiento con agrotóxicos en Los Molles (sur-oeste de la provincia de Mendoza), una de las matanzas más grandes provocadas por el hombre a esta especie protegida.

Los cóndores murieron al ingerir cebos envenenados con agrotóxicos, colocados por los puesteros de esa zona con la intención combatir a los depredadores de su ganado, práctica que es ilegal y nadie controla en el vasto territorio del secano de Mendoza.

Tampoco nadie controla la comercialización de los venenos que emplearon estas personas para matar a los cóndores, que evidentemente adquirieron en alguna de las ciudades de esa provincia. Imagínense cómo es que van a controlar las fumigaciones aéreas con agrotóxicos, la megaminería o el fracking en esa extensa provincia, si ni siquiera pueden controlar los venenos que circulan en sus ciudades. El Gobierno de Mendoza tampoco puede controlar la actividad que desarrollan los puesteros; es más, ni siquiera sabe cuántos hay, dónde se asientan, ni la cantidad de ganado que poseen.



El cóndor es un emblema e ícono de la Cordillera de los Andes


Lo que los medios no dicen es que el lugar del hallazgo está dentro de uno de los campos de la corporación Walbrook, que con 600.000 hectáreas es el terrateniente más grande de Mendoza y uno de los más grandes de Argentina. Los puesteros de Los Molles son talajeros de estos multimillonarios ingleses, responsables primarios de estas matanzas.


Lamentablemente, el gobierno y los medios están instalando en la opinión pública que los únicos responsables de este desastre ambiental son los puesteros, omitiendo la que le compete a los propietarios como dueños de los fundos y responsables por todo lo que vive y deambula en ellos (que es cosa pública), así como del propio gobierno, por no ejercer los correspondientes controles que tiene a cargo y por no hacer nada ante las denuncias previas que se venían efectuando, con las consecuencias finales que hoy tenemos a la vista.


LA MAGNITUD DEL DAÑO ECOLÓGICO

La matanza de cóndores llevada a cabo por puesteros en campos propiedad de la corporación Walbrook constituye una tragedia ecológica sin precedentes para esta especie, no sólo en Argentina sino en todo el Continente Americano, hábitat de la misma en gran parte de su extensión. La situación que más se acerca a este número, fue el hallazgo de 19 cóndores muertos por envenenamiento en la Provincia de Jujuy, hace 1 año atrás.
Para darse una idea del daño provovado por estos señores y la negligencia del Gobierno de Mendoza, los 34 cóndores matados en esa provincia son equiparables a toda la poclación de esa especie censada en Venezuela o la la mitad de la de Colombia y de Ecuador (países que emplean a esta ave a punto de desaparecer en sus territorios como paarte de sus emblemas nacionales).
El número de 34 cóndores muertos en un sólo episodio en Malargüe es equiparable al total de las denuncias de cóndores muertos por envenenamiento denunciados y/o hallados los tres años anteriores, o sea, entre 2015 y 2017 (incluidos los 19 de Jujuy mancionados anteriormente); esto más allá de que se sobreentiende que la cantidad de cóndores muertos por envenenamiento pudo hacer sido mayor, ya que los casos que se cuentan son aquellos que efectivamente han sido constatados y que por estar en conocimiento de que se trata de una actividad delictiva penada por la ley, los autores se han deshecho de las evidencias cada vez qe pudieron o estas evidencias no pudieron ser encontradas por registrarse la mayoría de estos hechos en regiones apartadas, donde la presencia del Estado es escasa o nula.
Para finalizar con las comparaciones numéricas, conviene aclarar que la cantidad de 34 cóndores muertos supera al doble de animales de esta especie que fueron criados en cautiverio y liberados durante todo el año pasado en Argentina, tarea que demandó tiempo y esfuerzo de numerosas personas que trabajan de manera voluntaria y una millonaria suma de dinero en insumos y traslados.
Algunos científicos por estos días han tratado de estimar la incidencia que puede haber tenido esta matanza en la supervivencia de esta especie. Los cálculos preliminares dan cuenta que la muerte de 34 cóndores, representaría al 0,51% de la población total de la especie, la cual está estimada en 6700 individuos en estado slvestre, de acuerdo a los relevamientos y censos efetuados en los diferentes países dentro de su área de distribución.
Los mismos especialistas han hecho una comparación de este porcentaje en relación a la población humana en todo el planeta, dando cuenta de que equivaldría a la muerte de casi toda la población de la República Argentina, la cual representa el 0,58% de la población mundial... Si consideramos además a los 19 que fueron envenenados hace un año en un hecho similar en la provincia de Jujuy, la comparación en relación a la población humana daría que esta matanza equivaldría a casi toda la población de Chile...
De continuar repitiéndose estos episodios, es muy difícil que se puedan mantener las poblaciones de esta especie en la Cordillera de Malargüe. Asimismo, teniendo en cuenta que, de acuerdo a los monitoreos realizados por ONGs especializadas e instituciones científicas, el cóndor realiza desplazamientos muy largos, de cientos de kilómetros, la amenaza se extiende al resto de la Provincia de Mendoza y la zona colindante de Neuquén y Chile.
En relación a este tema, se pone a disposición el comunicado oficial sobre el hecho suscripto conjuntamente por el Gobierno de Mendoza y ONGs involucradas en la conservación del cóndor. Particularmente destaco del mismo el uso del término "agrotóxicos" en el título y el texto del mismo (y la connotación de la propia frase que lo titula), siendo que desde diferentes estamentos del Estado hay una fuerte bajada de línea para prohibir el uso de ela palabra agrotóxicos en comunicados oficiales y decir que étos productos probadamente nocivos no son venenosos...

Las fotos de los cóndores envenenados en el lugar donde fueron encontrados
que circularon por los medios son realmente estremecedoras, conmueven,
hieren la sensibilidad de las personas y contrastan con la imponencia del
paisaje del entorno natural que enmarca el sur de la cordillera mendocina,
ambiente que indudablemente, debería estar protegido bajo un marco legal
más adecuado a su condición comprobable de singularidad ambiental.


Una especie doblemente protegida en Mendoza

El condor está protegido a niver país por la Ley Nacional 22421, de protección de la fauna nativa, a la cual la Provincia de MEndoza adhiere mediante Ley Provincial 4609.
Además de ello, la República Argentina adhiere a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies de la de Flora y Fauna Silvestre (CITES por sus siglas originales en inglés), mediante la Ley Nacional 22344, con lo cual, de acuerdo a esta norma de rango constitucional, su cacería está terminantemente prohibida dentro de todo el territorio nacional, así como su comercialización. Conviene aclarar además que la aplicación de las disposiciones contenidas en la Convención CITES están reguladas por el Decreto Nacional 522/97.
La República Argentina también es integrante de la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (IUCN por sus siglas en inglés), organismo internacional de protección medioambiental, que entre otras funciones, tiene la de establecer el grado de conservación de las especies de la fauna en todo el mundo. O sea, la medida de la probabilidad de que una especie continúe existiendo en el presente o en el futuro cercano, en vista del volumen de la población actual, de las tendencias que han mostrado a lo largo del tiempo, de la existencia de depredadores u otras amenazas naturales y principalmente antròpicas, de las modificaciones previstas en su hábitat, su cacería o matanza, etc. De acuerdo con esta escala, para IUCN el cóndor es considerada una especie amenazada por la pérdida de su hábitat y precisamente también por el envenenamiento por parte de ganaderos, que resulta una práctica extendida en todo el contienente y además ilegal en todos los países.

En Mendoza el cóndor está protegido por la Ley Provincial 6.599, de monumentos naturales provinciales, siendo una de las únicas 6 especies de la fauna autóctonas que detenta este status de protección legal, más allá de que en Mendoza está terminantemente prohibida la caza de cualquier especie de la fauna autóctona.
Lo novedoso de la Ley Provincial 6.599 es que además de declarar Monumento Natural a la especie, también declara con la misma figura a sus hábitats... Esto quiere decir que en los hechos concretos y sin lugar a ninguna interpretación subjetiva, todo el territorio ocupado por esta especie para vivir, migrar, alimentarse y reproducirse, debería ser considerado con el mismo grado de conservación que un área natural protegida provincial, ya que la Ley Provincial 6.045, que crea esta figura legal de conservación, establece a los monumentos naturales dentro de su articulado, como una de las figuras legales vigentes de conservación de la naturaleza.
Desde ya, este marco legal vigente de protección no se aplica de ninguna manera y ni siquiera el Gobierno de Mendoza ha determinado cuál es con exactitud el hábitat del cóndor ni de ninguna de las otras especies declaradas monumento natural provinscial por la ley correspondiente. Esto no exime de culpa y cargo a los responsables de estas matanzas y a los funcionarios que no aplican estas normas como corresponde.
Este abundante marco legal deja a las claras que la matanza masiva de cóndores constituye un delito ambiental muy grave y que todos los responsables: puesteros, propietarios de los campos y funcionarios de gobierno que por omisión o acción negligente permitieron esto, deben ser procesados civil y penalmente en la justicia, según correponda.

La cantidad de 34 cóndores muertos por envenenaniento supera holgadamente
al del total de ejemplares de estos animales que pudieron ser recuperados y/o
criados en cautiverio, para ser luego reinsertados en su medio natural, mediante
acciones concretas que demandan mucho tiempo, esfuerzo y dinero.


LOS PUESTEROS


Los puesteros son pequeños productores ganaderos que desarrollan su actividad en diferentes regiones del secano de la provincia de Mendoza, el cual abarca aproximadamente el 95% del territorio provincial, fuera de las zonas urbanas y los oasis de regadío. Debido al devenir histórico de la provincia, marcadamente centralista, la población, los servicios y las vías de comunicación se asentaron en ese 5% restante. Por ende, el secano fue quedando relegado, con una población dispersa, en parte conformada por descendientes de los pueblos originarios, criollos y también nuevos ocupantes que reemplazan a quienes abandonan sus sitios de pastoreo.
Concretamente en la cordillera de Malargüe, la actividad de los puesteros consiste en la trashumancia. Esta modalidad se basa en que en época estival ocupan sectores más altos, como cabeceras de cuenca con mallines o vegas altoandinas y en época invernal los sectores más bajos, que presentan clima menos riguroso en esta época del año, ya que la cordillera se cubre completamente de nieve. Entre una y otra locación están los desplazamientos, denominados arreos, que se llevan a cabo dos veces al año.
La actividad ganadera de los puesteros del extenso territorio de Malargüe (casi el 30% del total de la provincia de Mendoza) representa una tradición cultural que identifica al acervo de esa región apartada y relativamente aislada del territorio.


Los puesteros y sus arreos de cabras constituyen una de las
imágenes más típicas y distintivas del secano de Malargüe


Las tradiciones no confieren derechos adquiridos, cuando éstas van en contra del interés general de la población.

Los puesteros en general ocupan zonas agrestes con sus condiciones ambientales que a grandes rasgos se presentan en estado natural. Consecuentemente, son parte de sus ecosistemas naturales las especies de la fauna autóctona, particularmente aquellas especies que se alimentan de otros animales que en condiciones naturales persiguen y capturan (por ejemplo, pumas y zorros). A su vez, como ocurre en todo ambiente natural, la cadena trófica continúa con los animales carroñeros (por ejemplo, los cóndores).
Evidentemente, la actividad ganadera que desarrollan los puesteros, al ser de tipo extensiva, se ve expuesta al ataque de los animales de la fauna nativa, sobre todo tratándose de ganado menor, como lo son cabras y ovejas, que constituyen la principal modalidad ganadera del secano de Malargüe.
Bajo estas circunstancias, los puesteros adoptaron diferentes maneras de proteger a su ganado, que básicamente constituye su modo de subsistencia. De esta manera, los pumas y los zorros (especies de la fauna nativa previas a cualquier tipo de ocupación humana) pasaron a ser considerados enemigos de la ganadería y “plagas” y por ende, a ser combatidas mediante diferentes modalidades: cacería, trampas, cebos tóxicos, etc...
Antiguamente, dichas prácticas se realizaban de manera rudimentaria y puntual en cada caso, con lo cual, la incidencia en el ecosistema natural era menor; pero actualmente se emplean potentes venenos (algunos de los cuales están prohibidos) de efecto residual y contaminante de grandes proporciones, capaces de afectar a todo el ecosistema, por bio-acumulación, así como contaminar fuentes de agua e incluso el mismo ganado que después comercializan los propios puesteros, con lo cual el riesgo para la salud humana de estas prácticas es por demás evidente y concreto.
En algunas provincias incluso, no sólo se autorizó la cacería de los predadores naturales del ganado doméstico, incluso se la promovió con incentivos económicos, pagando sumas de dinero por animal muerto. Estas prácticas aún continúan vigentes en provincias como Río Negro y Santa Cruz.
Sin embargo, en Mendoza está completamente prohibida por ley la matanza de animales de la fauna nativa. Evidentemente, el marco normativo legal de la provincia (en concordancia con el de tipo nacional) privilegia el interés general de la población, representado por la conservación de la naturaleza, por encima de los intereses privados particulares del sector ganadero; que más allá de ser una actividad tradicional realizada por pobladores ancestrales como modo de subsistencia, no deja de ser una aexplotación económica de índole privada y particular. El Código Civil y Comercial vigente en todo el territorio de la República Argentina es bastante claro, contundente y específico al respecto.
A pesar de ello, se pone como pretexto el supuesto argumento de pautas culturales ancestrales para justificar y llevar adelante este tipo de matanzas de animales de la fauna autóctona protegidos por ley, que no sólo atentan contra todo el ecosistema natural, también atentan contra la salud de la población, como ya se dijo precedentemente.
Conviene mencionar al respecto, que la ciencia de la antropología es bastante clara al respecto: no se pueden considerar como tradición o pauta cultural de ningún pueblo o grupo humano, aquellas actividades que atenten contra la integridad del ambiente, del resto de la población o de su propia existencia. Menos aún si para llevar adelante estas supuestas “prácticas culturales” se emplean elementos de origen tecnológico, como lo son en este caso los agrotóxicos.
El expendio y aplicación masiva de agrotóxicos no es un "problema cultural", pues estos productos son relativamente nuevos, eso es lisa y llanamente un acto de genocidio. En este espacio de expresión ya hemos dado todos los argumentos legales y técnicos para sostener que la aplicación masiva e irrestricta de agrotóxicos constituye unverdadero acto de genocidio.
Conviene recordar además que puesteros tienen otras alternativas para proteger a su ganado sin siquiera destruir la fauna del lugar. Hace más de 40 años que instituciones estatales y ONGs han estudiado y desarrollado diferentes modalidades. Corresponde también al estado falicitar y promover estos medios a los puesteros.
Instituciones del propio Estado, como la Administración Parques Nacionales han diseñado y llevado a cabo de manera exitosa protocolos de ahuyentamiento de pumas y otros predadores naturales para proteger a los visitantes que recorren zonas agrestes de las áreas naturales protegidas, los cuales son perfectamente aplicables a la actividad que desarrollan los puesteros.
El propio Gobierno de Mendoza desarrolló a fines de los años ‘80s de manera exitosa un programa de perros pastores, mediante el cual se entrenan con técnicas especiales y particulares a estos animales domésticos para que se comporten como protectores de los rebaños. La implementación definitiva de estos programas, nunca pasaron del anuncio oficial.
También existen sensores y alarmas que detectan la presencia de animales predadores, que se usan en otros lugares del mundo, para ahuyentarlos sin provocarles daño.
Desde ya, el empleo de cualquiera de estas técnicas requiere un trabajo extra por parte de los puesteros, en conjunto con el incentivo del Estado. No obstante, eso no debería ser motivo de debate o cuestionamiento alguno, ya que como dijimos antes, el interés general de la población, representado por la conservación de la naturaleza y la protección del ambiente y los bienes comunes, así como el imperio de la ley que debiera regir en el marco del estado de derecho, están por encima de cualquier tipo de capricho particular.
Es evidente que el Estado tiene una deuda pendiente de enormes proporciones con los puesteros para asistirlos en este tipo de cuestiones, y para con todas y todos los mendocinos para proteger sus bienes comunes.

Las experiencias piloto del programa de perros pastores, diseñado por
técnicos residentes en la propia localidad, fueron todas exitosas. No
obstante ello, no hubo interés de los puesteros y tampoco iniciativa de
parte del Estado para implementar esta práctica de bajo impacto ambiental
para proteger al ganado doméstico de sus predadores naturales.


La ausencia total del Estado en el control de la actividad de los puesteros

Como dijimos anteriormente, el devenir de la historia ha determinado que (por acción u omisión de los responsables sociales y de los diferentes estamentos del estado) el secano de Mendoza y particularmente la Cordillera de Malargüe, sea una región apartada, aislada y relegada. Consecuentemente ello ha dado lugar a que dichos espacios se constituyan como verdaderas “tierras de nadie”, donde cada uno hace lo que quiere o se le antoja, desconociendo el estado de derecho.
La ausencia deliberada del Estado en esas regiones es la principal causa de esta situación, inadmisible desde cualquier punto de vista. Esto también deja en claro que ninguna práctica puede ser considerada “pauta cultural” cuando es evidente que se aparta de la ley y atenta contra los intereses generales de la población.
El Gobierno de Mendoza, prácticamente ausente en la mayor parte de su extenso territorio, no sólo no controla (ni tiene capacidad operativa de hacerlo) la actividad de los puesteros (sólo cuestiones adminstrativas como guías de transporte, vacunas o certificaciones sanitarias de los animales), ni siquera sabe cuántos crianceros hay, cuánto ganado tienen y dónde llevan a cabo sus actividades. Conviene recordar que el último relevamiento de puesteros que relizó el Gobierno de Mendoza fue en el año 2000 y sus resultados fueron publicados recién tres años después… Han pasado ya casi 20 años desde entonces y no se cuenta con ningún tipo de datos actualizados respecto de esta población y sus actividades económicas. Los censos de población ni siquiera los relevan y los censos ganaderos, así como los registros del SENASA contienen información recortada y errónea, ya que los propios puesteros no declaran la cantidad total de ganado que verdaderamente poseen y sus explotaciones son en parte informales.
Ni hablemos de las condiciones de las pasturas y los ambientes naturales que emplean los puesteros, que recordemos, de acuerdo a la Constitución Nacional y el propio Código Civil y Comercial de la República Argentina, son bienes comunes del dominio público que pertenecen a los Estados Provinciales. El Gobierno de Mendoza debería estar controlando el estado de estos bienes naturales, que en esencia, pertenecen a todas y todos. Si bien, en teoría se debería contar con un registro de los permisos de pastaje, y los ganaderos estar abonando su correspondiente canon de concesión, estos únicamente se llevan en predios fiscales y de manera incompleta, a pesar de que, repetimos, las pasturas y las aguadas representan bienes comunes de dominio público, independientemente de si se localizan en tierras fiscales o privadas. En los campos privados el talaje lo cobran los dueños.
Más allá de eso, no se lleva adelante ningún tipo de control del estado ecológico y sanitario de las pasturas, así como de su carga ganadera física (la que podría soportar de acuerdo a sus condiciones naturales) y efectiva (la cantidad de animales que realmente hay en cada una de ellas), así como la relación entre ambos tipos de cargas. Este dato es de especial interés en los ambientes naturales de mallines o vegas altoandinas, que constituyen humedales reguladores del caudal y calidad de las aguas de los ríos que vienen de la montaña, de los cuales dependen la vida y la economía de la población.
El Gobierno de Mendoza, más allá de alguna acción puntual y esporádica, tampoco controla el comportamiento de los puesteros con respecto a la fauna nativa ni realiza ningún tipo de monitoreo respecto del estado de sus poblaciones, no sólo de aquellas especies que pueden atacar a su ganado, sino también de aquellas otras que son cazadas con la excusa de alimentarse o porque supuestamente compiten con su herbivoría por las pasturas de las que se alimenta su ganado, cuestión que desde el punto de vista técnico y empírico, no tiene absolutamente ningún tipo de sustento o fundamentación.
Con esto no quiero decir que la totalidad de los puesteros de Malargüe lleven adelante prácticas indebidas o que su actividad ganadera esté provocando un impacto ambiental negativo, ya que estamos hablando de casos puntuales, pero que lamentablemente se están haciendo cada vez más recurrentes.
En síntesis, la ganadería de trashumancia en la provincia de Mendoza, carece por completo de controles ambientales por parte del Gobierno de Mendoza. De ahí que el estado es uno de los responsables, por omisión, de la matanza de cóndores en la Cordillera que está saliendo a la luz.
Por su parte, los puesteros también tienen una serie de demandas hacia los diferentes estamentos del estado, que no son atendidas y les provocan numerosos inconvenientes, volviendo complejo el vínculo entre ambos actores.
Desde ya, en este espacio de expresión no avalamos ningún tipo de reclamo sectorial que vaya en contra de l estado de derecho y el dominio público de los bienes comunes. Asimismo, estamos en total desacuerdo con la desición del Intendente de Malargüe de que la municipalidad a su cargo asuma la defensa de los puesteros imputados por la matanza de cóndores, así como de sus declaraciones contrarias respecto de vincular a la corporación Walbrook en el hecho. En este sentido, se coinciden con las declaraciones del naturalista Claudio Bertonatti, quien sustiene al respecto que "los condores envenenados exhiben el retraso de la mentalidad ganadera" y eso es lo que precisamente se observa en Malargüe. Hace muchísimo tiempo que quien suscribe ha puesto de manifiesto que el retraso y el aislamiento de Malargüe es casi exclusivamente producto de un pequeño sector dominante de la población local que pretende mantener en ese lugar maravilloso "un eterno estado de postración" suscribiendo el saqueo y el despojo de sus bienes comunes con las grandes corporaciones inmobiliarias, petroleras y megamineras. La matanza de cóndores en Los Molles es apenas un botón de muestra de ello.

Los mallines o vegas altoandinas constituyen el principal recurso forrajero
de los puequeños ganaderos de Malargüe. Las mismas son intensamente
aprovechadas en las épocas de veranadas, sometiéndose a usos intensivos
que nunca fueron monitoreados por el Gobierno de Mendoza; y por ende,
desconociéndose cual es la carga ganadera adecuada para impedir su
deterioro ambiental y pérdida de biodiversidad. Recordemos que estos
ambientes naturales constituyen bienes del dominio público y que su
dinamica hídrica y biológica, sumada a su ubicación en las cabeceras
de cuenca, son fundamentales para la preservación del bien común agua.


La ineficacia del estado para atender denuncias respecto de cuestiones ambientales

La matanza de cóndores ocurrida en la Cordillera de Malargüe era algo que se sabía que iba a pasar, pues es una situación que se viene denunciando públicamente hace mucho tiempo, más allá de reconocer que se tiene total conocimiento que el envenenamiento de animales de la fauna autóctona con cebos tóxicos es una práctica que se viene desarrollando en todo el extenso secano la provincia y que el Gobierno de Mendoza poco y nada ha hecho para combatir esta actividad ilegal.
Evidentemente, esta situación de abandono por parte del estado, es una actitud negligente. Demás está decir que las denuncias de meses atrás debieron de haber generado expedientes administrativos en el ámbito de la Dirección de Recursos Naturales Renovables (autoridad de aplicación en materia de protección de la flora y la fauna nativa y la conservación de la naturaleza, entre otras funciones); documentos públicos ests de los cuales sería menester saber qué es lo que ha pasado con ellos y qué medidas administrativas y/o judiciales tomó al respecto el Gobierno de Mendoza.
Si ha habido denuncias previas y esto igual pasó, es porque hay algún o algunos funcionarios que no cumplieron con sus funciones para las cuales el Estado les abona un sueldo, incurriendo, desde ya, en un ilícito que debe ser juzgado y penado, de acuerdo a lo que establece la ley. Se debería investigar en este sentido, la negligencia y desidia por parte de los ámbitos oficiales para no impedir que se perpetrara un envenenamiento masivo de cóndores en la Cordillera de Mendoza, cuando la posible ocurrencia del hecho fue concretamente advertida meses atrás.

La responsabilidad penal y civil de los puesteros

Los puesteros, más allá de sus legítimas reivindicaciones territoriales como pobladores ancestrales, no pueden disponer de los bienes comunes a su antojo. Además, conviene recordar que el exterminio de fauna nativa es un delito penado por la ley. El hecho de que algunos de ellos sean pobladores ancestrales o que residan en regiones apartadas no les confiere ningún tipo de beneficio con respecto al cumplimiento de la normativa vigente, la cual es de aplicación en todo el territorio.
La defensa de la vida es una cuestión ideológica y cultural al mismo tiempo, intrínsecas del ser humano que se precie de bien, y tiene un peso cultural más importante que cualquier tipo de defensa de intereses particulares (en este caso, la actividad ganadera comercial de tipo privada). Fuera de ello, la cuestión es meramente legal, o sea, propia del estado de derecho; por ende, la ley no deja ningún tipo de lugar a subjetividades respecto de si matar u otro tipo de perversiones son cuestiones culturales o ideológicas, más allá de la reticencia por parte de las diferentes instancias del Estado a su aplicación cuando no son cuestiones inherentes a los grandes intereses corporativos que controlan todos los resortes del andamiaje del propio Estado, o van contra ello, como en este caso.

La juistificación de una supuesta práctica tradicional o pauta cultural no va: sabían perfectamente que estaban delinquiendo...

Los autores materiales de la matanza de cóndores en la Cordillera de Malargüe se tomaron el trabajo de intentar transportar los animales muertos bastante lejos, esconder la evidencia del ilícito y quemarla (34 cóndores y demás animales deben pesar algo así como 250 kilos, o sea, invirtieron tiempo y dinero en varios viajes en pilchero y litros de combustible para prenderles fuego y que ardan): sabían perfectamente que estaban delinquiendo.
Los rastros dejados en el acarreo de los cadáveres lleva directamente a las viviendas de los imputados, así como las marcas identificatorias del ganado muerto encontrado a los cóndores. Además a uno de ellos se le encontró un arma de fuego sin su correspondiente tenencia y al orto un recipiente con el veneno empleado.
No fueron de ninguna manera forzados a obrar de esa manera, pues (como ya se dijo) tienen varias alternativas para proteger a su ganado sin necesidad de delinquir, no hay nada de ideológico ni de tradicional en la ilicitud a sabiendas. Repito, la muerte ni ningún otro delito representa movimiento ideológico alguno ni tradición o cultura de ningún pueblo o sociedad.
Está perfecto que hayan decidido meterlos presos y que sean enjuiciados y condenados de acuerdo a lo que determina la ley. Después también deberá determinarse cómo responden económicamente con sus bienes privados particulares para recomponer el daño ambiental provocado y pagar las millonarias multas que se deberá aplicar por estos ilícitos. De todos modos, es común que, en este tipo de situaciones, el hilo siempre se corte por lo más delgado y sólo caiga toda la responsabilidad sobre estas personas (como pareciera ir la cosa), excluyendo a los terratenientes y a los funcionarios de gobierno responsables, quedando los puesteros como verdaderos perejiles de un entramado de responsabilidades que va más arriba y que toca a intereses poderosísimos.


LOS PROPIETARIOS DE LOS CAMPOS

Los puesteros del secano de Mendoza han venido desarrollando su actividad ganadera en todo el territorio, independientemente de su situación dominial, pensando siempre que símplemente por ocuparla de manera ancestral, eran dueños de ella, cuestión que legalmente puede ser así, pero que no está exenta de manejos políticos y económicos que pueden hacer cambiar las cosas mediante artilugios legales.
En el territorio correspondiente al Departamento de Malargüe, en un principio, la mayor parte de la tierra era fiscal. Recordemos, además, que esta parte del territorio, junto con toda la Patagonia, se incorpora a la República Argentina (y por ende, a la Provincia de Mendoza) luego de la campaña militar conocida como “conquista del desierto” concluida en 1879, mediante la cual, el Estado Argentino amplía sus fronteras mediante el despojo del territorio a los Pueblos Originarios y su exterminio, tanto como nación (obviamente, sin estado) y también como pueblo. Estas cuestiones serán motivo de otros análisis y su mención en el presente es al solo efecto de contextualizar la historia de la ocupación territorial de Malargüe.
Desde esta época, el estado entregó las primeras tierras a particulares (estancieros), independientemente de si estaban ocupadas o no y sin dar cuenta de ello. De todos modos, la mayor parte del territorio siguió siendo tierra fiscal, especialmente los “potreros de cordillera”, denominación que se le dio a los enormes campos fiscales de la región andina de Malargüe, que permanecieron en manos del Estado Provincial hasta bien entrada la década de los ‘80s.
También ocurrió lo mismo con vastas extensiones de La Payunia y el Nevado (regiones montañosas de Malargüe situadas al este y fuera de la Cordillera de los Andes. Todos estos ambientes ya eran ocupados desde hace varias generaciones por los puesteros, especialmente, los ya mencionados “potreros de cordillera”. El Estado Provincial siguió entregando grandes extensiones de tierra de manera irrestricta, con los puesteros adentro y todo; y así fue que en pocos años, la mayor parte de la tierra de Malargüe (más de 4 millones de hectáreas) terminó en manos de grandes terratenientes, algunos de los cuales son corporaciones transnacionales en manos de magnates y otros quedaron para grandes terratenientes locales, como las empresas El Palauco S.A. (Sergio Rostagno y otros) o Ailinco S.A. (Renér Chaumont y otros) que tanbién ocupan grandes extensiones de los ex - potreros de cordillera. De este último caso también hemos tratado en este espacio de expresión, ya que el campo Puertas del Barrancas, de Ailinco S.A. actualmente está en venta y se ofrece en el exterior por intermedio de grandes inmobiliarias internacionales.
Los puesteros nunca se ocuparon o preocuparon por regularizar su situación dominial, ya sea por desconocimiento propio de las leyes o por omisión del propio Estado que nunca quiso reconocerlos como legítimos pobladores (al menos de manera efectiva), esto aún después inclusive de dictar una ley que lo obliga a reconocerlos y a facilitar su acceso a la titularidad de las tierras que ocupan. En el medio aparecen estos grandes terratenientes... Los puesteros nunca estuvieron dispuestos a abandonar su territorio y los nuevos propietarios no estaban dispuestos a tener “intrusos” en los mismos… Algunos puesteros se resistieron y fueron desalojados, ya sea mediante acciones de “justicia por mano propia” a punta de pistola por parte de los mismos propietarios o sus empleados (completamente avaladas por el Estado), o con el empleo de la propia fuerza pública, causas judiciales mediante; y otros arreglaron con los nuevos dueños el arriendo de ahí en más de los territorios que ocuparon ancestralmente.
Es así que de 30 ó 40 años a la fecha se generó el negocio particular y usurario del talaje. Se denomina "talaje" porque el pago por el arriendo de los campos y sus pasturas se efectúa en especias en proporción a la envergadura del stock ganadero que poseen los crianceros al momento del cobro, el cual se realiza una vez al año en el lugar de residencia de los puesteros y de manera completamente informal. El gobierno tampoco lleva un control respecto de estas transacciones que sin lugar a dudas constituyen una actividad comercial y lucrativa que debería estar regulada y fiscalizada por los organismos tributarios del Estado.

Como siempre, detrás de cada desastre ambiental siempre está el interés particular de los grandes grupos económicos y las corporaciones extranjeras.

El campo donde se produjo el hallazgo de 34 cóndores muertos pertenece a la corporación inglesa Walbrook, que, con 600.000 hectáreas de propiedades a su nombre, es el máximo terrateniente de Mendoza y uno de los más grandes del país.
¿Cómo es que una corporación extranjera logró acaparar semejante cantidad de tierra y en zona de frontera? Es una investigación que sería necesario encarar, pues, más allá de que la adquisición sea legal o no (para quien suscribe no lo es), éticamente es inmoral, por donde quiera que se lo mire (y digo esto sin ánimo de imprimir una connotación ideológica, que, desde ya, la situación no la tiene, por tratarse, ante todo, de un delito, sino sólo para poner en contexto las cosas y los hechos).

Las 600.000 hectáreas de Walbroock en Malargüe, fueron hasta hace no más de 40 años tierras fiscales. Conforman este conglomerado de tierras los campos El Álamo, Las Juntas, Los Molles, Las Leñas, Los Amarillos, Río Colorado y Agua del Toro.
Las 5 primeras propiedades mencionadas conforman un bloque único de territorio en la zona de la cordillera (que suman aproximadamente la mitad de la superficie de tierra en manos de esta corporación en Malargüe) y fueron adquiridas al grupo terrateniente local Bunge y Born en el año 2001. Éstos, a su vez las recibieron del Estado, desconociéndose como ocurrió dicho traspaso. Los mapas catastrales anteriores, muestran ese enorme territorio como tierras fiscales denominadas “potreros de cordillera”, reconociéndose oficialmente de esta manera que evidentemente había una ocupación ganadera ancestral. Las otras dos propiedades de Walbrook fueron adquiridas a la firmas "Ganadera Fraga" y  “Automotores Perú”, respectivamente, ambas de Buenos Aires, tiempo después de la transacción anterior. Por la totalidad de sus tierras, Walbrook desembolsó aproximadamente 5 millones de dólares.
Además de ello, la firma adquirió casi la totalidad del paquete accionario del centro de ski Las Leñas y sus hoteles, por un monto cercano a los 6 millones de dólares, a su anterior propietario, la corporación IRSA, perteneciente al magnate argentino Eduardo Elzstain, que en ese entonces compartía la sociedad con el también magnate argentino, Marcelo Mindlin, actual propietario del Grupo Pampa Energía, en sociedad con el magnate inglés Joseph Lewis, de quien también ya hemos tratado con anterioridad en este espacio de expresión.
Finalmente, la firma también adquirió en la Capital Federal, el edificio histórico del Banco de Boston, localizado en las esquinas de las calles Mitre y Reconquista, del microcentro porteño, donde la corporación tiene actualmente su domicilio y oficinas. Por esta compra la empresa desembolsó 3,5 millones de dólares.

El caso puntual de la compra de tierras por parte de Walbrook (o su subsidiaria local Nieves de Mendoza), ha sido puesto como ejemplo paradigmático de la pérdida del patrimonio natural que representa la adquisición de grandes extensiones del territorio por parte de grandes grupos extranjeros, en los estudios previos al Plan Provincial de Ordenamiento Terriorial, realizados por la Universidad Nacional de Cuyo. No es para menos, ya que el departamento de Malargüe tiene una superficie aproximada de 4 millones de hectáreas y la de las tierras adquiridas por esta corporación inglesa es de 600.000 hectáreas, lo que representa el 15% del total del departamento, donde además se localizan los principales atractivos turísticos del mismo, tal como puede verse en el mapa. Lamentablemente este tipo de situaciones diagnosticadas en estos documetos técnicos, no fueron tenidas en cuenta en la versión final del PPOT que fuera aprobada.


Las 600.000 hectáreas de la corporación inglesa Wallbroock representan aproximadamente el 15% de la superficie total del Departamento de Malargüe, con lo cual, las posesiones de dicha corporación estarían superando el tope máximo previsto en la Ley Nacional26.737 (Registro Nacional de Tierras Rurales), con la salvedad de que dicha norma que en teoría tenía como objetivo defender los intereses públicos nacionales, no afectaba los supuestos “derechos adquiridos” (muletilla recurrente del poder político y económico, para evitar confrontar a las corporaciones que atentan contra el interés público, como lo es este caso). Desde ya, la aplicación de esta norma fue cuestionada con anterioridad en este espacio de expresión, con el caso concreto de este grupo terrateniente como uno de los ejemplos concretos que ejemplifican en los hechos esta situación.
Dentro de este extenso territorio se ubican la mayor parte de los atractivos turísticos y naturales del departamento de Malargüe, que además son los más visitados: El centro de ski Las Leñas, el complejo termal Los Molles, la Laguna de la Niña encantada, el Pozo de las Ánimas, el Valle Hermoso y parte del Valle Noble, entre otros. Recordemos que la totalidad de estos sitios de interés público eran de libre acceso, antes de ser adquiridos por la empresa y actualmente están alambrados, custodiados y para acceder a cada uno de ellos hay que abonar un canon de ingreso a la firma.
También se localizan dentro de este extenso territorio cientos de concesiones mineras que conforman numerosos proyectos de megaminería metalífera, a los cuales los dueños del suelo no han manifestado oponerse, a pesar de que una simple evaluación preliminar permitiría inferir que potencialmente pueden resultar perjudiciales para los objetivos estatutarios de la firma. El proyecto megaminero más avanzado dentro de las tierras de Wallbrook es Cerro Amarillo, propiedad de la corporación canadiense Merillion y cuyas concesiones mineras pertenecen a Jorge Bengoechea y Lydia Espizua. La aprobación de este proyecto actualmente se encuentra frenada en la Legislatura de Mendoza, por encontrarse en una zona protegida por la Ley Nacional 26.639 (Ley de de Glaciares) y por no cumplir con la Ley Provincial 7722. Las características del mismo han sido tratadas en dos oportunidades en este espacio de expresión: Parte 1 y Parte 2.

Ingleses disfrazados de malayos...

Pakiri Arumugan, cabeza visible del grupo Walbrook
La información de la corporación Walbrook es escasa y dispersa, la firma no tiene web ni está registrada en ningún portal empresarial, se sabe que se conformó en 1999. La cabeza visible de la firma es el magnate Pakiri Arumugam, ciudadano malayo, nacido en India, estrechamente vinculado a la realeza y el gobierno civil de Malasia y la sexta fortuna de ese país (U$S 4.200 millones), actualmente residiendo en Londres.
Es por esta razón que desde el primer momento que esta corporación arribó a Mendoza, fueron reconocidos por los formadores de opinión locales como “los malayos” y automáticamente identificada la nacionalidad de la corporación con ese país. Además de que cuando este señor visita Buenos Aires o Mendoza, lo hace siempre custodiado por agentes de la seguridad pública de ese país (una vez incluso lo hizo con el presidente de ese país). No obstante, conviene aclarar que la corporación Walbrook es enteramente inglesa, tanto en la composición accionaria de la firma, así como en el origen de sus capitales; además de ello, tiene su sede central en Londres, lugar donde además reside Pakiri.
La presencia de un multimillonario de origen malayo puesto ex-profeso por los medios como figura visible de la firma (por el hecho no menor de ser el presidente de la misma), entre el cúmulo de accionistas que la conforman, de los cuales no se tienen demasiados  datos, es meramente anecdótica y distractora.

Los negocios de Wallbrook con sus tierras en Mendoza

Es harto conocido que los grandes terratenientes se hacen de extensiones de suelo para disponer y usufructuar de los bienes comunes contenidos en sus territorios (especialmente el agua) y para realizar negocios inmobiliarios. El caso de Wallbrook no es la excepción, no obstante, el desconocimiento del territorio y sus realidades por ahí pueden llevar a caer ingenuamente en lugares comunes del pensamiento, como es pensar que a la corporación no le interesa qué hacen los puesteros en su territorio. Con esto quiero decir que la realidad concreta es que los ingleses están completamente al tanto de lo que hacen (o no) cada uno de los puesteros en sus campos, de hecho, tienen una empresa subsidiaria local, denominada Nieves de Mendoza, que se dedica a eso.
Actualmente el negocio del talaje constituye un importante ingreso para Walbrook, al punto de que cuando alguno no paga, lo hacen echar sin más, causa judicial mediante, como ya ha sucedido en numerosas oportunidades. El caso más resonante fue el de la familia Díaz, que fuera desalojada por la justicia en 2012, por pedido expreso de la firma, utilizando como fuerza de choque a la Gendarmería Nacional, que además robó todos sus animales, los que después fueron rematados por la justicia y entrgada su recaudación a los magnates ingleses.
Los cerca de 300 puesteros que residen en su propiedad abonan entre 50 y 400 mil pesos por año, dependiendo del tamaño de sus rebaños. Con la recaudación del talaje, los ingleses sostienen sobradamente toda la estructura local de la firma y la parte impositiva. El resto de los ingresos de la firma provienen del turismo, cánones de concesiones, cobro de ingreso a sitios como la Laguna de la Niña Encantada, Pozo de las Ánimas, Valle Hermoso, etc (visitados por cientos de miles de turistas al año), arrendamientos agrícolas, servidumbres de electroducto, petroleras y mineras, etc. y las actividades propias de la firma en el lugar (Hoteles de Las Leñas y Los Molles), son ganancia neta.
Sugiero además ver en el Boletín Oficial de Mendoza el acta constitutiva de la firma, documento público que data del día 23 de agosto de 2000, donde figura expresamente que los "servicios inmobilirarios de arrendamiento realizados por una retribución o contratación" es la "actividad principal" de la empresa Nieves de Mendoza, nombre local de la corporación Walbrook.

La responsabilidad de los propietarios

Para la ley, el titular de un campo es el principal responsable de velar por la integridad de los bienes comunes que están dentro de su "propiedad privada" (más allá de lo que pretenda hacer o no en ella) y el Estado el responsable de ejercer el control y las sanciones correspondientes. En Mendoza la multa por matar un cóndor es de aproximadamente $ 225.000.- Por lo tanto, el Gobierno de Mendoza debería cobrarles cerca de $ 8 millones directamente a ellos, así como obligarlos a recomponer el daño ambiental producido, mediante una demanda civil que el propio Estado (dueño de esos bienes) debería iniciar de oficio (también lo podría hacer un particular u ONG con personería, pero sería menester que la inicie el estado y los demás se incorporen como querellantes).
Si bien la responsabilidad penal de la matanza recaería exclusivamente en los autores materiales de estos actos, tengamos en cuenta que propietarios y arrendatarios serían solidariamente responsables en el aspecto civil, pues de acuerdo a ley, deberían tener un contrato suscripto entre ambos. La figura de solidaridad legal establecida en la legislación argentina establece que, si una de las partes es insolvente y la otra puede cubrir el monto del resarcimiento, el Estado puede ejecutarla sin más. Demás está decir que, ante la insolvencia patrimonial de los puesteros, se puede accionar directamente contra los propietarios. Obrar en contrario, podría ser interpretado como cuestiones de privilegio o pactos de impunidad.
Los terratenientes, son dueños del suelo y por ende, de acuerdo a la ley, responsables primarios de todo lo que sucede en él; el Código Civil y Comercial es bastante claro: los propietarios no son dueños de lo que vive o deambula por sus fundos ni pueden disponer de ello libremente, existe abundante doctrina generada al respecto desde la sanción de la nueva versión de este código, tampoco hay nada de ideológico en eso. Asimismo, "La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales cuando pueda afectar al ambiente y a los derechos de incidencia colectiva en general" (art 14, CCC)


LOS AGROTÓXICOS MATAN

El veneno empleado para exterminar a los cóndores de la Cordillera de Malargüe es carbofuran, un agrotóxico muy potente y de alto poder residual, comercializado bajo el nombre de fantasía “furadán” por la corporación norteamericana FMC Corp, quien además es el fabricante de la mayor parte de este producto, que se comercializa en diferentes partes del mundo, allí donde aún no ha sido prohibido.
Es uno de los agrotóxicos más venenosos que hay, pudiendo matar de manera directa cualquier tipo de animal, los más pequeños con dosis muy bajas; así como también resultar letal para el ser humano, siendo un veneno de acción neurotóxica instantánea. Es más, el furadán es tan venenoso, que no es necesario ingerirlo para intoxicarse: basta tan sólo el contacto con la piel. Esto quiere decir que si una persona, por ejemplo, hubiera recogido la pluma de uno de estos cóndores, podría haber muerto.
El carbofurán es empleado en todo tipo de cultivos, ya que, al aplicarlo, los vegetales lo absorben por las raíces y lo transportan a través de su sistema circulatorio interno a su follaje, flores y frutos, donde dado su alto poder residual que puede superar los 60 días y consecuente bioacumulación durante ese período, actúa inmediatamente sobre cualquier animal que ingiera las partes vegetales contaminadas con el mismo, siendo su efecto escalonado hacia el resto de la cadena trófica en ese lapso de tiempo; o sea, que se envenenarán aquellos animales que ingieran otros animales contaminados, hasta dos meses después de ser aplicado. También puede ser diluido y transportado por el agua, pudiendo contaminar suelo, napas, cursos y cuerpos de agua durante el mismo período de tiempo.
La fabricación, comercialización y venta del carbofurán está prohibida en Canadá y la Unión Europea. En EEUU está prohibido su uso en cultivos de alimentos destinados al consumo humano y asimismo, los alimentos que ese país importa (el mayor importador mundial de alimentos), deben certificar previamente que no fueron fumigados con este producto. También está prohibida su venta y aplicación en Ecuador, Nicaragua, Costa Rica y Kenia, país este último que tomó la determinación, ante la continua matanza de leones producida por cebos envenenados colocados por nativos masais crianceros de ganado…
Contrario a ello, en Argentina, su comercialización es libre y sin control por parte del Estado (se consigue hasta en Mercadolibre). Únicamente está prohibida su aplicación en manzanos y perales, por una resolución de 1980. En algunas provincias, incluso, el propio Estado lo distribuye de manera gratuita a los productores para combatir ciertas especies consideradas plagas (por ejemplo, los loros y los quirquinchos en la Provincia de Buenos Aires). También es aplicado todavía por algunos municipios que aún continúan con la anacrónica práctica de la eutanasia de perros callejeros.


LA VOCACIÓN AMBIENTAL DEL TERRITORIO PARA SER PROTEGIDO Y LOS INTERESES CORPORATIVOS CONTRAPUESTOS

Conviene mencionar además que toda esta región está comprendida dentro del proyecto de ley de creación del Parque Nacional Pehuenche, presentado en el Congreso por el diputado nacional Guillermo Carmona, en 2014; y del cual también ya hemos elaborado un informe en este espacio de expresión.
Curiosamente, en un principio el Gobierno de Mendoza se hizo eco de la iniciativa, colocando el área que abarcaba el proyecto en los mapas que acompañaban los borradores preliminares del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial. Sin embargo, luego ésta y otras iniciativas de protección del ambiente fueron quitadas de dichos mapas, sin dar el Gobierno de Mendoza ninguna explicación de tal determinación.
Desde ya, de haberse sancionado e implementado esta ley como corresponde, la matanza de cóndores no hubiera sucedido, con lo cual queda en evidencia una vez más, la inacción negligente del estado en materia de conservación de la naturaleza, privilegiando una vez más poderosos intereses corporativos particulares, por encima del interés público general.


CONCLUSIONES Y REFLEXIONES FINALES: ¿Qué se puede hacer al respecto para sancionar a todos los responsables y que esto no vuelva a suceder?

1.- Enviar notas a la Dirección de Recursos naturales renovables, solicitando que sean considerados solidariamente responsables los puesteros y los terratenientes propietarios de los campos donde se produjeron las matanzas de los cóndores.
2.- Exigir al Gobierno de Mendoza el control ambiental de toda la actividad ganadea en todo el secano de dicha provincia, con especial énfasis en el monitoreo ambiental de los mallines o vegas altoandinos.
3.- Exigir al Gobierno de Mendoza o en su defecto a Fiscalía de Estado el inicio de una causa judicial civil y penal por Daño Ambiental Agravado contra los puesteros y los dueños de los campos, solicitando el pago de las multas, más el resarcimiento económico por el daño ambiental y su recomposición, así como la condena a los responsables y el cumplimiento de las penas efectivas en prisión.
4.- Exigir a Fiscalía de Estado la investigación del accionar de los funcionarios responsables en relación a las denuncias previas que tomaron estado público meses atrás, con expresa mención y publicación de los expedientes involucrados en dichas denuncias.
5.- Exigir a la justicia que considere para este caso la abundante jurisprudencia condenatoria existente en los diferentes ámbitos de la justicia argentina, respecto del uso negligente de los agrotóxicos, tanto por parte de quien los aplica (en este caso, los puesteros) como de los responsables primarios (los propietarios de los campos).
6.- Exigir al gobierno de Mendoza la prohibición de la fabricación, transporte y comercialización y aplicación de agrotóxicos en todo el territorio de dicha provincia.
7.- Exigir al gobierno y los legisladores la urgente creación de un área natural protegida nacional y/o provincial, en consonancia y con los mismos parámetros territoriales y de conservación de la naturaleza que el proyecto legislativo existente de creación del Parque Nacional Pehuenche; y que dicho proyecto incluya a los pobladores ancestrales y el desarrollo de sus actividades económicas de manera amigable con el medio natural, así como el libre acceso a bienes comunes por parte de la población.

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