El Gobierno de Mendoza autorizó una
prospección o exploración inicial de hidrocarburos no convencionales (disfrazada
de "investigación científica"), en la Reserva Natural Divisadero Largo, ubicada a 8 km. de la
ciudad capital de Mendoza, usando un artilugio legal para eludir las
prohibiciones establecidas en la Ley Provincial de Áreas Protegidas.
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Portal de ingreso a la Reserva Natural Divisadero Largo |
El día 20 de febrero de 2018, la Sub-directora de
Recursos Naturales Renovables, Mariana Raviolo (organismo dependiente de la Secretaría de Ambiente
de Mendoza) firmó la
Resolución 11-E/2018, mediante la cual se autoriza un
proyecto de investigación titulado “Evaluación de la Formación Cacheuta
como reservorio no convencional” con levantamiento de perfiles y toma de
muestras (tareas de campo asimilables en los hechos concretos a lo que técnica y legalmente se conoce como una prospección o exploración inicial minera y/o
petrolera).
La “investigación” está a cargo de Evanna
Fuenmayor, ingeniera venezolana radicada en Argentina, especializada en
hidrocarburos no convencionales, que actualmente se desempeña como docente de
posgrado de la Facultad
de Ingeniería de la Universidad Nacional
de Cuyo y realiza consultorías en forma particular para empresas petroleras privadas.
El resto de los autorizados que figuran en la
resolución (Lourdes Guiñazú, Jorge Albeiro, Juan Pablo Castillo, Silvia Barredo
y Agustín Sosa) también son docentes y egresados Facultad de Ingeniería de la
UNC, que además también trabajan como consultores privados. Además, el nombre de estas
personas figura en eventos realizados por el IAPG (Instituto Argentino del Gasy el Petróleo), un ente mixto público y privado, integrado por las
corporaciones petroleras y las universidades estatales, en el que básicamente las
empresas fijan, de acuerdo a sus propios intereses corporativos particulares,
cuáles deben ser las líneas de investigación y formación técnica que las universidades
públicas deben seguir en materia de energía e hidrocarburos y los lineamientos que debe implementar la educación
pública en todos los niveles en relación a estos puntos.
Esta es la copia de la Resolución 11-E-2018 de la DRNR, que autoriza las tareas de prospección de hidrocarburos no convencionales en la Reserva Natural Divisadero Largo, disfrazadas de "investigación científica". El primer considerando de la misma es bastante claro y contundente respecto de la intencionalidad del Gobierno de Mendoza al respecto, como dicen los abogados "a confesión de parte, relevo de prueba". Valga la aclaración, ya que el presente escrito es en esencia un documento público, y su contenido revelador echa por tierra de antemano cualquier tipo de floreo discursivo que pretendan esgrimir los funcionarios involucrados, en pos de intentar desmentir la veracidad concreta y empírica que el propio escrito expone.
UN PROCEDIMIENTO POCO CLARO: ¿POR QUÉ DECIMOS QUE ESTO ES UNA EXPLORACIÓN DE
HIDROCARBUROS NO CONVENCIONALES DISFRAZADA DE INVESTIGACIÓN...?
El primer considerando de la mencionada
resolución (cuya copia ponemos adisposición arriba) es bastante claro, en cuanto al trasfondo que tienen estas tareas de
prospección dentro del área protegida: “el proyecto es de gran importancia
porque con los resultados se podrá resaltar el potencial de la Formación Cacheuta
como reservorio no convencional”. Evidentemente estamos ante una suerte de
prospección o exploración inicial hidrocarburífera dentro de un área natural
protegida legalmente constituida, lo cual está prohibido por la ley.
Recordemos que hace unas semanas, el Gobierno
de Mendoza había anunciado la publicación del Decreto 248/2018 que autoriza la
realización del fracking en Mendoza (extracción de hidrocarburos no
convencionales mediante fractura hidráulica), procedimiento que recordemos, estuvo precedido de una trama de corrupción, aprietes y violación al estado de derecho orquestado por algunos funcionarios del propio gobierno. En la conferencia de presentación
del mismo, el Subsecretario de Energía y Minería, Emilio Guiñazú, dijo con
respecto a la Formación Cacheuta
que “estamos analizando la posibilidad de hacer estudios para saber qué calidadde recursos hay ahí”. Con esto, queda claro que esta exploración inicial
disfrazada de investigación científica está en perfecta sintonía con los
anuncios realizados por este funcionario, teniendo en cuenta que además, la
investigadora y su equipo de ayudantes están iniciando las tareas de campo en
el área protegida a pocos días de realizado este anuncio.
La Reserva Natural Divisadero Largo se
encuentra en el Piedemonte de la Precordillera de Mendoza, en los departamentos
Capital y Las Heras, a escasos 8 kilómetros de la ciudad capital provincial de
Mendoza. Recordemos que es un lugar muy sentido para las y los habitantes de Mendoza, con un montón de historia y con una dura batalla legal por la consolidación de su condición de bien público, contra los terratenientes vecinos. De todos estos, especial mención merece Daniel Vila, el apropiador de la Cascada de San Isidro, cuyo actual latifundio (ex tierras fiscales que deberían haber sido también Área Protegida, de acuerdo a una vieja ley de ordenamiento territorial del Piedemonte, hoy derogada) limita con la reserva y por la que el Gobierno de Mendoza pagó 30 millones de dólares para terminar con un conflicto de límites con este señor, a fines de los '90s.
Divisadero Largo integra el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas, cuyo
manejo y regulación está normado por la Ley Provincial 6045. Dicha ley prohíbe
expresamente la exploración y explotación minera e hidrocarburífera en los
territorios bajo su jurisdicción, con lo cual este trabajo y su intencionalidad
y trasfondo es a todas luces ilegal y los funcionarios que lo autorizaron y lo
avalaron en el expediente respectivo son penalmente responsables de
incumplimiento en los deberes de funcionario público y de las leyes ambientales
que deberían estar aplicando en las funciones que les competen.
La Formación Cacheuta aflora en la Reserva Divisadero Largo y en otros sectores de la Precordillera de Mendoza, comprendidos entre la ciudad capital y el Valle de Uspallata, continuándose por debajo en el resto de la Cuenca Cuyana, que cruza de sur-este a nor-oeste todo el territorio de la Provincia de Mendoza. Está compuesta de esquistos bituminosos (también llamados lutitas), que son rocas que contienen hidrocarburos como parte de su composición, cuestión que se puede comprobar simplemente arrojando una de estas piedras al fuego, las que arden al calentarse.
Las lutitas fueron explotadas en el pasado en la zona y prueba de ello son las ruinas de la Mina la Atala, que funcionó entre fines del S 19 y comienzos del S 20. La roca extraída para la obtención de gas de roca mediante destilación por calor. Curiosamente, quienes llevaron adelante esta exploración era la Corporación Fader, empresa familiar dirigida por los antepasados del actual Secretario de Energía y Minería de Mendoza, Emilio Guiñazú...
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La antigua Mina La Atala, localizada donde hoy está la Reserva Natural Divisadero Largo. Foto: elchallao.com. |
UNA ILEGALIDAD TRAS OTRA...
Según YPF, la Formación Cacheuta constituye (junto a la vecina Formación Poterirllos) uno de los principales reservorios de hidrocarburos no convencionales del país, cuyo mapa puede verse en el post anterior de este espacio de expresión. En el caso de la porción de la Formación Cacheuta que atraviesa la Reserva Divisadero Largo, presenta especiales características, ya que contiene fósiles de animales y plantas que vivieron en el Período Triásico de la Era Mesozoica, hace entre 250 y 200 millones de años, cuando se depositaron los sedimentos que después dieron origen a esas rocas, constituyendo un bien intangible, no sólo por imperio de la ley provincial de áreas protegida, sino por la legislación que protege el patrimonio paleontológico de Mendoza, con lo cual no sólo resulta un despropósito explorar la posibilidad de hacer fracking allí, sino que además es doblemente ilegal.
La intencionalidad de realizar una exploración
inicial disfrazada de investigación (y encima hacerlo dentro de un área natural
protegida) no es casual ni inocente, ya que además de eludir el cumplimiento de
la Ley Provincial
6045, se están eludiendo los presupuestos mínimos establecidos en la
legislación ambiental vigente, en especial la
Ley Nacional 25675, que exige para
cualquier acción susceptible de producir impacto ambiental, las instancias
obligatorias de Estudio de Impacto Ambiental, Consulta Pública de los
expedientes y Audiencia Pública.
Un dato que pone más en evidencia la
irregularidad de este procedimiento, es que los guardaparques de la Reserva
Divisadero Largo se enteraron de la resolución firmada por su superioridad
varias semanas después y encima a través de los “investigadores” el día que
concurrieron a comenzar los trabajos de campo con una copia de dicha actuación;
y no a través de la vía administrativa interna, tal como lo determina el propio
Código de Procedimiento Administrativo vigente, que debiera ser aplicado por el
Gobierno de Mendoza en todas sus dependencias.
El otro dato no menor, es que actualmente no
existen concesiones petroleras otorgadas para exploración y/o explotación, en la zona de la Reserva Natural Divisadero Largo,
con lo cual también se está eludiendo el procedimiento administrativo específico
para la actividad, siendo que además, esta prospección está siendo autorizada
exclusivamente por la Dirección de Recursos Naturales Renovables, una autoridad que no es competente en materia de
hidrocarburos, más allá de ser la autoridad de aplicación de las áreas protegidas provinciales.
Para finalizar, y como una suerte de anécdota bizarra, resulta paradógico que el actual eslogan de la
Secretaría de Ambiente de Mendoza para la Reserva Divisadero Largo sea “Mirá
que cerca está tu paz”, mientras al mismo tiempo esté suscribiendo la posibilidad
de que en el futuro se realice fracking en ese lugar que es patrimonio natural
de todas y todos.
MUCHOS INTERROGANTES, NINGUNA RESPUESTA...
Inevitablemente surgen preguntas que deberían
responder los funcionarios de turno: ¿Cuál es la intención de “investigar” o
más bien prospectar el potencial de hidrocarburos no convencionales en un lugar
donde la ley prohíbe expresamente su explotación? ¿Por qué de todos los lugares
donde aflora la Formación Cacheuta
se eligió éste para explorar hidrocarburos no convencionales, que es el único
que está en un área protegida y en tierra pública?