Hace unos días estuvo circulando una copia de una imagen capturada de una pantalla de PC, posiblemente proveniente de algún organismo provincial del Gobierno de Santa Cruz, donde se ve un pedazo del mapa del Catastro Minero de esa provincia.
Lo que se ve en la imagen es una captura del mapa del
catastro minero de Santa Cruz (se aprecia la mitad norte de esa provincia). A
modo de referencia, la captura corresponde al territorio comprendido
aproximadamente entre los paralelos 46ºS por el norte (límite con Chubut) y
49ºS por el sur (altura localidad Gobernador Gregores); y meridianos 67ºO por
el este y 73ºO por el oeste. Los derechos mineros están representados por
polígonos multicolores: los azules son cateos, los verdes son manifestaciones
de descubrimiento y los fucsias y rojos son minas (mensuradas y estaqueadas).
Están también representadas las áreas vedadas a la minería: en el entorno de
las localidades hay polígonos que representan zonas de seguridad, alrededor de
los lagos más grandes se observan dos fajas concéntricas con el mismo fin,
también están representadas las áreas protegidas nacionales (Parques Perito
Moreno y Jaramillo) y provinciales (Reservas El Rincón, Tucu-Tucu y Lagodel
Desierto entre otras) donde por ley está prohibida la actividad minera; además la Ruta Nacional 40
está resaltada, ya que hay una ley provincial que porhibe la minería metalífera
al oeste de esa vía de comunicación.
La prueba del documento público
El Catastro Minero es un documento público, donde están
registrados todos los derechos mineros otorgados por las autoridades
provinciales en la materia, a empresas o particulares para que sean usufructuados, de acuerdo a lo que especifica la ley. Tal condición implica que su lectura e
interpretación, necesariamente deba estar desligada de cualquier tipo de supuesto o elucubración
subjetiva, sino más bien atada a la comprobación fáctica de los datos empíricos que
su base de datos contiene. Bajo ningún punto puede ser endilgado el avance
megaminero como una "sensación" y menos aún minimizar su existencia
y/o consecuencias, cuando existe una prueba tan contundente, como es el
documento público aquí exhibido, donde lo primero que salta a la vista es una cantidad sideral de derechos mineros otorgados por el Gobierno de Santa Cruz, que ni más ni menos, es la provincia más vapuleada por la megaminería metalífera hidrotóxica y la matriz de corrupción estructural enquistada en el propio feudo presidencial, condición sin la cual, obviamente, tal desarrollo no sería posible.
Un derecho minero es una explotación en expectativa, de
acuerdo a lo normado en el Código
Minero (que es la legislación que regula este tema en el país): quien
registra derechos mineros a su nombre lo hace porque tiene una expectativa de
lucrar con la extracción de determinados minerales (no para otra cosa), sin
importar demasiado a la hora de efectuar tal registro cuáles son los factores
ambientales, sociales y culturales puestos en juego y los derechos de terceros
que pueden verse vulnerados con tal actitud. Actualmente me encuentro haciendo
un estudio
técnico sobre el CM de Chubut y Río Negro con datos que realmente son
escalofriantes a cerca de cómo planifican desde los aparatos estaduales, en
conjunto con los capitales transnacionales y sus franquiciantes locales, la
devastación del territorio y el saqueo de los bienes comunes, pero esto que
vemos acá lo supera ampliamente.
La escencia del negocio megaminero
Las cifras que se desprenden del análisis del padrón y
catastro minero demuestran que el negocio de la actividad está puesto mayoritariamente
en el oro y el uranio: más del 50% de los derechos mineros otorgados
corresponden a esas sustancias, que básicamente son las que implican mayores
riesgos y/o peligros para su extracción y las menos necesarias para la vida del
hombre común. El resto de los metales se obtienen como subproductos de esas
explotaciones, o sea que en esencia, el objetivo principal que mueve al negocio
mega-minero corporativo no es proveer metales que pudieran ser necesarios para
nuestra vida, hecho que demuestra el escaso interés social que representa esta
actividad. Vale destacar también que alrededor del 80% de pedimentos mineros
metalíferos declaran dos o más sustancias (polimetálicos) en las que por
supuesto están en la mencionada proporción el oro y el uranio (por lo general
separados los derechos de uno de los derechos del otro).
Independientemente de ello, las empresas mineras no van
dejar de extraer y llevarse los metales que encuentren y no hayan denunciado,
ya que en Aregentina no se realiza separación en origen (obligada en la mayoría
de los países mineros) y además no existe ningún tipo de control sobre las
sustancias extraídas, más allá de las declaraciones juradas que las propias
empresas mineras entregan por escrito a las autoridades en la materia, sin que éstas
efectúen ningún tipo de verificación de esos datos, o sea: nada ni nadie les
impide llevarse gratuitamente cualquier tipo de bienes comunes no declarados.
Desde que a partir de 1997 Minera Alumbrera se lleva mezcladas 40 sustancias
diferentes que son separadas luego en el lugar de destino, cuando sólo declara
3 al estado (oro, cobre y molibdeno), todas las del rubro lo han hecho.
En esta afirmación no existe generalización, ya que el
pequeño y no menor detalle es que Minera Alunbrera es la primera y la más
grande explotación megametalífera hidrotóxica del país que extrae y saca del país sin declarar (contrabandea) desde
hace casi 15 años minerales radioactivos, tierras raras y superconductores,
entre ellos el trístemente
célebre coltan. Como Minera Alumbrera es la primera y la más grande
explotación de este tipo en funcionamiento en Argentina y llevó a cabo esa
práctica (a todas luces ilegal) sin la más mínima observancia de parte del
Estado Argentino, obviamente las demás del rubro siguieron ese camino. La suma
total de los dividendos obtenidos en todo este tiempo por los bienes comunes
extirpados y robados por esta sola empresa es equivalente a la mitad de la de
la deuda pública argentina.
El otorgamiento irrestricto de derechos mineros
La voracidad por extraer metales en el menor tiempo y al más
bajo costo posibles, se ve reflejada en el otorgamiento de derechos mineros de
manera descontrolada e irrestricta, dando como resultado el mapa que se expone.
Al ser irracional y descontrolada se torna violatoria de un amplio espectro de
legislación e intereses con los cuales colisiona. Por esta misma razón, ninguna
estructura estadual es capaz de llevar adelante de manera exitosa, no digamos
un control estricto, ni siquiera un mínimo monitoreo de tamaña maraña de
expedientes administrativos y menos aún, hacer policía en el territorio, por
cuanto el derecho a una vida digna se ve notoriamente vulnerado, por ser el
estado incapaz de controlar una actividad riesgosa para el ambiente y la vida
de las personas. Otra prueba fáctica de esta situación de descontrol total
radica en la aprobación de miles de Estudios de Impacto Ambiental que se llevan
a cabo mediante trámites administrativos que no reúne tipo de rigor científico
respecto de las materias que tratan y se aprueban sin dictámenes técnicos ni
sectoriales y sin audiencias públicas (presupuesto mínimo obilgatorio en todo
el territorio de la Nación Argentina, según
la ley 25675 y el artículo 41 de la Constitución
Nacional).
Conflictos territoriales derivados del otorgamiento
irrestricto de derechos mineros
El otorgamiento irrestricto de derechos mineros vuelve al
Código de Minería una herramienta aplicada de facto al ordenamiento territorial, condición que desde ya, de ninguna manera tiene legalmente
conferida. Esta situación compromete no sólo el futuro de los ecosistemas y sus
servicios ambientales a la población, sino la viabilidad de las economías
regionales al entrar en conflicto con otras actividades económicas y/o de
subsistencia de la población, al verse vulneradas expectativas o trazabilidad
de las producciones locales, así como el ya mencionado derecho a una vida
digna. Cabe recordar que el ordenamiento territorial en Argentina es una materia
regulada por la propia Ley General del Ambiente, consecuentemente cada
provincia debería tener establecidas cuáles van a ser los espacios
territoriales destinados a todas y cada una de las actividades económicas y/o
productivas, así como cuáles han de ser las restricciones y/o limitaciones para
cada una.
En el mapa se observa perfectamente que la propia
administración provincial concedente ni siquiera respeta las propias
autorrestricciones impuestas mediante leyes y decretos emanadas y/o suscriptas
por la misma:
- aparecen derechos mineros dentro de las áreas las áreas
vedadas en torno a los grandes lagos y a ejidos urbanos que están marcadas en
el mapa como zonas de restricción a la actividad minera.
- También se observa que han sido otorgados derechos mineros
en las áreas naturales protegidas legalemente establecidas donde la actividad
minera está prohibida (x ej: Estancia Tucu-Tucu, Lago del desierto, Monte San
Lorenzo, etc...).
- También se observa que continúan vigentes derechos mineros
en áreas glaciares y periglaciares donde por ley esa actividad está prohibida,
lo mismo que con la ley de bosques, esos derechos deberían haber sido
cancelados sin mayor dilación.
- El otro detalle no menor es una cantidad importante de
derechos mineros otorgados al oeste de la Ruta 40, cuando existe una ley provincial emanada
de la propia legislatura antacruceña y sancionada por el actual gobernador, que
pohibe la actividad minera en ese sector del territorio.
En síntesis y para redondear este punto, el mapa evidencia
que el Código Minería se está aplicando como una norma de derecho absoluto,
cuando en realidad nada, ni siquiera la lógica o el sentido común, indica que
así lo sea: su aplicación debería efectuarse de manera armónica con el resto de
la legislación vigente para evitar este tipo de inequidades y atropellos a
derechos básicos ya mencionados. En escencia: existen innumerables argumentos
técnicos, legales, jurídicos, económicos y sociales para limitar o restringir el
alcance devastador que hoy tiene de la actividad minera, comenzando por
restringir su otorgamineto irrestricto y cancelar aquellos que no reúnan las
condiciones expuestas en los presupuestos mínimos ambientales.
La explotación megaminera hidrotóxica de Cerro Vanguaria vista desde el espacio. Esta fotografía ya fue puesta en otro posteo de este espacio de expresión hace tres años, pero como las condiciones no se revirtieron, o más bien empeoraron, vien vale volver a ponerla como ejemplo de lo escrito acá tambien. La devastación mega-minera de esta explotación muestra como rasgos principales: 33 open pits o rajos a cielo abierto (en explotaciones emblemáticas, como Bajo la Alumbrera, veladdero o Pascua Lama, hay uno sólo), cada rajo tiene entre 1 a 3 km. de largo por medio a 1 de ancho y 300 a 500 de profundidad. Además hay más
de 50 escombreras de varios metros de altura y hectáreas de extensión sin ningún tipo de aislación, seis lagos con
vertidos químicos (sólo uno tiene muro de contención y dudosa
aislación), un vaciadero de residuos y una planta cloacal, o sea, nada
se recicla en este tipo de explotación minera. Además hay más de 25 perforaciones
de donde se succiona entre 90 y 110 mil m3 de agua por mes de acuíferos
fósiles (que no se van a poder recuperar más), la cañería que la
conduce a la planta concentradora también es visible. Para darse una
idea de las dimensiones, el dique de colas principal tiene
aproximadamente 500 has de superficie. En Santa Cruz actualmente hay 8 explotaciones como
esta funcionando y más de 150 proyectos similares con viabilidad técnica, esperando que algún inversor ponga la plata para desarrollarlos.
Sobre el falso argumento de que la minería metalífera hidrotóxica es necesaria o
imprescindible para la vida del hombre
Un argumento recurrente con el que permanentemente
bombardean a la opinión pública, tanto desde el sector empresario, como desde
el aparato comunicacional del gobierno, se utiliza como pretexto para
justificar el avance megaminero, es que la minería es fundamental para la vida
del hombre, que sin minerales no podríamos vivr, etc.
En principio, este argumento se cae por su propio peso en el
hecho concreto que el interés del negocio megaminero está puesto
fundamentalmente en el oro y el uranio. Este dato está corroborado en el hecho
de que, como ya se mencionó, en la mayoría de las provincias, más de la mitad
de los derechos mineros otorgados y registrados en los respectivos padrones que
llevan las autoridades de aplicación en la materia, son en favor de la
exploración y extracción de oro y uranio, parámetro que no guarda ninguna
relación con la proporción de la aplicabilidad concreta de estos elementos para
el hombre (nadie usa autos, vajilla o electrodomesticos de oro o uravio,
verdad?): son los minerales más buscados por las corporaciones transnacionales,
no porque sean realmente necesarios, sino por que reportan más dividendos a los
dueños de las empresas y porque atienden a demandas ajenas a nuestros
intetereses: la gran mayoría de su producción se destina a objetos suntuarios,
energía nuclear y otros usos diferentes y ajenos a lo que básicamente es la
vida del hombre y sus necesidades.
Los demás metales que pueden llegar a tener una
aplicabilidad más acorde a nuestra vida (cobre, hierro, estaño, plomo, niquel,
zinc, cromo, molibdeno, titanio, etc.), las corporaciones megamineras lo
obtienen como subproducto de la extracción del oro y/o el uranio. En los casos
más emblemáticos, como también se mencionó, ni siquiera son declarados su
extracción y retiro del país, ya que no existe separación en origen ni control
sobre los concentrados que las mineras exportan.
Observando los datos oficiales asentados en el Catastro
Minero, resulta por demás ingenuo pensar que empresas tengan un interés
específico respecto de si el citadino común necesita tal o cual elemento. Más
allá del márketing político-empresarial, el interés comercial de las empresas
megamineras no lo constituyen nuestras necesidades, sino el propio lucro a
partir de demandas ajenas. Tal condición también queda por demás evidenciada en
un parámetro fundamental de la economía, como es la evolución de los precios
de los productos fabricados con metales:
- Los argentinos en teoría vivimos en un país minero y por
ende:
- proveemos la materia prima, sin la cual no podrían
fabricarse esos artículos
- ponemos la fuerza laboral para extraerla, sin la cual no
habría extracción
- Otorgamos las facilidades impositivas para que las empresas
se la lleven los minerales y fuguen sus ganacias, tributando mucho menos que
cualquier productor y exportador argentino, facilidades sin las cuales en
teoría esas empresas no vendrían al país a extraer metales y llevárselos.
- Aún poniendo todo esto, a nosotros, los argentinos, los productos
fabricados con nuestros metales nos cuentan mucho más caro que a los ciudadanos
de los países de donde son oriundas las corporaciones megamineras que se los
llevan. Situación esta que por otra parte es la mayor prueba fáctica que
demuestra la existencia de una matriz de saqueo planificada y vigente en
nuestro país y otros similares.
Otra prueba de que los minerales extirpados de nuestro suelo
no son empleados en elementos necesarios para la vida del hombre común, es que
las corporaciones mineras resultan particularmente esquivas a certificar
fehacientenete el destino de los minerales extirpados de nuestro suelo. ¿Cómo
podemos determinar que los minerales que vienen a llevarse son para satisfacer
nuestros intereses y no los de otros? y... certificándolo o controlando... ¿qué
empesa lo certifica? ¿qué estado lo controla? definitivamente, para ambas
preguntas, la respuesta es: ninguno. Por ende, nuevamente queda demostrado que
es falso que la vida moderna del hombre común dependa del desarrollo
megaminero.
Más allá de eso, es harto conocido (hecho público y notorio)
que en estos tiempos modernos, los metales necesarios para la vida del hombre
pueden ser obtenidos mediante reciclaje de los basurales del primer mundo (o en
su defecto, los nuestros también), en los que se arrojan de manera sistemática
millones de toneladas de metales descartadas a diario en todo el mundo, y por
ende hay comprobada existencia y disponibilidad de una mayor cantidad de
metales y en más alta concentración que toda la cordillera y la meseta. No
existe ningún tipo de necesidad ni justificativo para llevar a cabo un plan tan
devastador, como lo es el de la expansión megaminera, en el hiopotético caso de
que tal explotación se exclusivamente para proveer a la gente de computadoras,
televisores, autos etc, cuando las materias primas están al alcance de la mano
en el entorno de las mismas ciudades y existen sobrados recursos tecnológicos
para optimizar al máximo el reciclaje de estos metales que ya no se utilizan,
sin necesidad de destruir el medio natural ni el tejido social.
Una vez más, la prueba fáctica y empírica deja perfectamente
demostrado que el desarrollo megaminero no tiene ningún tipo de relación
con las necesidades del hombre moderno común: el desarrollo tecnológico
alcanzado y la consecuente optimización de los elementos empleados en la
industria, permite que la fabricación de computadoras, teléfonos y demás
tecnología pueda perfectamente llevarse a cabo obteniendo materias primas a
partir del reciclaje.
La protesta social
Es injusto descalificar de manera genérica el reclamo
social, como lo hacen desde los estamentos del poder, sencillamente porque
nadie en su sano juicio protesta por pasatiempo o divertimento. El reclamo
contra las corporaciones transnacionales no es caprochoso: tiene un basamento
fáctico y jurídico basado en el hecho público y notorio que mega-empresas están
llevando a cabo, con la venia total de gobiernos cipayos entreguistas, el
saqueao de nuestros bienes comunes y generando como efecto colateral, el vertido
sistemático sobre mollones de kilómetros cuadrados de territorio, sobre sus
habitantes y sobre el ambiente natural, de cantidades siderales de cianuro,
ácido sulfúrico, xantatos, glifosato, colas de uranio, drenajes ácidos,
compuestos clorados y toda otra sustancia mortífera que se les ocurra vertir,
simplemente por que de esa manera, su negocio les cierra: contaminando de
manera dispersa, lenta y paulatina externalizan costos operativos y se aseguran
que las consecuencias se visibilicen cuando ya no estén.
Muchas veces, desde el proipio poder depredador se insiste
hasta el hartazgo, en:
- descalificar la protesta (nos laman fundamentalistas sin
ningún fundamento)
- disuadirla (ofreciendo dádivas o ejerciendo cooptación de
conciencias)
- derivarla hacia otros temas (sólo protestan contra la
minería y no contra otros tipos de contaminación)
Pero el discurseo diseñado por los equipos de relaciones
públicas de las empresas no tiene en cuenta el saber ancestral, basado
fundamentalmente en el sentido de pertenencia de una comunidad a su tierra, un
conocimiento indescifrable para el capitalismo salvaje y globalizado. Por eso
siempre en algún punto de su realización, el avance descontrolado de la
megaminería (que arremete sin reconocer riesgos), termina degradando la dignidad
de las personas, su libertad y sus derechos humanos.
La prueba fáctica (más irrefutable que el infundado discurso
político o empresarial) revela con hechos concretos que la tan mentada
"profundización del modelo" tiene origen y objetivos claramente
establecidos, (por ejemplo en documentos públicos, como este mapa que estamos
mostrando) que son completamente ajenos a nuestros intereses y derechos, tanto
como comunidad, así como individos; y que si no luchamos por cambiar esto, no
tenemos futuro.
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